Norma 201.1 - Gestión de distritos

I. PROPÓSITO

El cuidado, la gestión y el control de las escuelas recae, por autoridad legal y constitucional, en la Junta Escolar. El objetivo de esta política es definir el papel de la Junta Escolar y del Superintendente en la gestión del Distrito Escolar de Minnetonka.

II. DECLARACIÓN GENERAL DE PRINCIPIOS

1.0 Las políticas de la junta deben basarse en el reconocimiento de los principios de control y gestión del distrito escolar.

1.1 La Junta formula políticas para la gestión general del Distrito.

1.2 La Junta delega por escrito al Superintendente las funciones y responsabilidades administrativas necesarias para llevar a cabo sus políticas, y debe exigirle responsabilidades al Superintendente.

1.3 La Junta responsabiliza al Superintendente de proporcionar la información necesaria para la evaluación final de los programas, servicios y operaciones del Distrito por parte de la Junta.

2.0 El poder y la autoridad de la Junta para actuar se establecen en los estatutos estatales.

2.1 La mayoría de los miembros con derecho a voto de la Junta constituirá el quórum necesario para tramitar los asuntos oficiales del Distrito.

2.2 No se celebrará ni autorizará ningún contrato, salvo en una reunión ordinaria de la Junta o en una reunión extraordinaria en la que estén presentes todos los miembros o de la que todos los miembros hayan sido notificados. Las reuniones extraordinarias podrán ser convocadas por el Presidente, el Secretario o tres miembros cualesquiera, previa notificación a cada uno de los miembros con al menos tres días de antelación.

2.3 La Junta podrá solicitar la opinión de uno o varios de sus miembros sobre cualquier asunto que se someta a su decisión.
 

3.0 El superintendente es miembro nato de la Junta, pero no tiene derecho a votar sobre los asuntos oficiales que se someten a su consideración.

3.1 Las normas y reglamentos elaborados por el Superintendente deben reflejar la política de la Junta y constituyen los criterios para la aplicación de la política.

3.2 Las normas y reglamentos elaborados por el Superintendente están sujetos a la revisión de la Junta, y aquellos que se incluyan en las actas de la Junta no podrán modificarse salvo con el consentimiento de la Junta.

Referencias legales:    
Minn. Stat. § 123B.09, Subds. 6, 7 y 10 (Asuntos de la Junta Escolar)
Minn. Stat. § 123B.14 (Funcionarios)
Capítulo 13D del Estatuto de Minnesota (Ley de reuniones públicas)
 
Referencias cruzadas:    
Política 101 (Estatus legal del distrito escolar)
Política 201 (Estatus legal de la Junta Escolar)
Política 203 (Funcionamiento de la Junta Escolar: Normas de gobierno)
Manual de servicios de la MSBA, capítulo 1, Gobierno, facultades y obligaciones de los distritos escolares.
 
Aprobado el 19 de marzo de 2009.