Política 541 - Tutoría de estudiantes

1.0 FILOSOFÍA

La Visión del Distrito establece, en parte, que:

1.1 Prestar un buen servicio a los estudiantes e inspirarlos para que alcancen sus máximos niveles de rendimiento personal y académico es la esencia de nuestro objetivo de convertirnos en un distrito escolar público de primera categoría.

1.2 Como en cualquier iniciativa democrática, debemos reconocer que existen diferentes niveles de capacidad, necesidades, deseos e intereses entre los estudiantes a los que atendemos. Nuestro compromiso es utilizar eficazmente los recursos del distrito y alinearlos para obtener el máximo beneficio para cada niño.

1.3 Con el fin de eliminar las barreras artificiales que impiden a nuestros alumnos adquirir conocimientos y habilidades, se animará y apoyará a los alumnos de Minnetonka para que progresen más allá de los límites de los niveles de grado tradicionales y el trabajo en el aula.

1.4 Una vez que los alumnos demuestren dominio de una materia, podrán explorar experiencias de aprendizaje acelerado que requieren mayor profundidad de conocimientos y complejidad. La enseñanza diferenciada y las oportunidades de aprendizaje autodirigido serán componentes esenciales de la educación en Minnetonka. Reconoceremos que las habilidades de los alumnos pueden variar de una materia a otra y ofreceremos oportunidades en consecuencia.

1.5 El Distrito identificará y responderá a las necesidades educativas especiales lo antes posible. Proporcionaremos un plan de estudios personalizado y personal para ayudar a los alumnos con necesidades especiales a alcanzar sus metas en la vida. Nuestro personal se esforzará constantemente por encontrar nuevas formas de satisfacer las necesidades de nuestros alumnos que sean respetuosas y rentables.

2.0 Definiciones

2.1 En el contexto de esta política, se entenderá por tutor un instructor u otro empleado que imparta instrucción adicional, especial o de recuperación a los estudiantes.

2.2 El tutor voluntario se refiere a un instructor u otro empleado que imparte instrucción adicional, especial o de recuperación a los estudiantes sin costo alguno para el estudiante, la familia del estudiante o el distrito, y que no recibe ninguna remuneración económica por la tutoría.

2.3 Por tutor remunerado se entenderá un instructor u otro empleado que imparta clases adicionales, especiales o de recuperación a los alumnos y reciba alguna remuneración económica por ello, procedente de cualquier fuente, que podría incluir al alumno, la familia del alumno, el distrito escolar o un tercero.

3.0 Valor de la tutoría

Las escuelas de Minnetonka reconocen que la tutoría de los estudiantes puede ser útil para el rendimiento académico, como complemento a las expectativas del distrito descritas en la Visión del Distrito. Algunos ejemplos son:

3.1 Un estudiante con aptitudes especiales, como la música, puede beneficiarse de clases adicionales de instrumentos, canto o teoría musical.

3.2 Un estudiante que tiene dificultades con la lectura, las matemáticas o alguna otra materia a menudo puede beneficiarse de la instrucción adicional que se proporciona en forma de tutorías.

3.3 Por lo tanto, la tutoría como actividad de enseñanza/aprendizaje ocupa un lugar adecuado en toda la gama de servicios para los estudiantes. Las extensiones del aprendizaje fuera de la jornada escolar habitual son muy útiles para el crecimiento personal y el desarrollo académico de los estudiantes.

4.0 Directrices para clases particulares remuneradas

Las escuelas de Minnetonka también reconocen que la ayuda tutorial se puede proporcionar de muchas maneras, algunas de las cuales son apropiadas y otras se perciben como un «conflicto de intereses» y deben evitarse.

4.1 Al emitir un juicio profesional, los profesores deben regirse por otras políticas del distrito escolar y por el Código Ético para Profesores de Minnesota, que establece, en parte: «Un profesor no utilizará las relaciones profesionales con alumnos, padres y compañeros para obtener ventajas personales». (8700.7500 subparte 2 E)

4.2 El resto de empleados deben regirse por las mismas expectativas descritas en el punto 4.1.

4.3 Instrucción tutorial durante la jornada laboral de alumnos y profesores: También se fomenta la ayuda tutorial prestada a los alumnos antes y después de la escuela durante el horario laboral de los profesores. El distrito no autoriza ningún pago adicional, ya que dicha ayuda se considera parte del contrato anual de los profesores y forma parte de la responsabilidad del distrito hacia los alumnos.

4.4 Clases particulares remuneradas a alumnos propios del empleado antes o después del horario laboral habitual:

En las escuelas de Minnetonka se desaconseja encarecidamente impartir clases particulares a los alumnos diurnos de un empleado a cambio de una remuneración privada antes o después del horario laboral habitual.

Impartir clases particulares a un alumno asignado a la clase de un empleado durante la jornada laboral habitual puede constituir un «conflicto de intereses», aunque el servicio sea prestado por el empleado fuera de su jornada laboral habitual.

4.5 Otras normas

4.5.1 La prestación de clases particulares remuneradas a alumnos que no están asignados a la clase de uno durante la jornada laboral habitual plantea menos conflictos de intereses u otras cuestiones éticas, pero también está sujeta al Código Ético del Docente.

4.5.2 La prestación de clases particulares remuneradas a un antiguo alumno, como podría ocurrir durante los meses de verano o en los años posteriores a la enseñanza regular en el aula, estaría sujeta al Código Ético del Docente y a las secciones 6.2 y 6.3 de la presente política.

5.0 Tutoría de los alumnos de Minnetonka en los centros escolares:

5.1 Se permite la tutoría voluntaria en las escuelas bajo la dirección del director de la escuela, y los voluntarios deben cumplir con los requisitos establecidos.

5.2 Las clases particulares remuneradas en las instalaciones escolares solo se permiten a través del programa de clases particulares del distrito escolar, coordinado por Minnetonka Community Education and Services. No se permiten clases particulares remuneradas en las instalaciones escolares fuera de este programa.

5.3 El Distrito Escolar desarrollará procedimientos para implementar esta sección de la política.

6.0 Otras consideraciones

6.1 Un empleado está autorizado a impartir clases particulares remuneradas que, de otro modo, no serían aceptables en virtud de la presente política, en las siguientes circunstancias:

6.11 Que, en virtud de otra política del distrito, como la Política n.º 540 (Enseñanza a domicilio), el distrito está autorizado a proporcionar clases particulares remuneradas, y el empleado es asignado por el director u otro supervisor para impartir las clases particulares con la compensación adicional que le paga el distrito.

6.12 Otras circunstancias imperiosas autorizadas previamente por escrito por la administración del Distrito.

6.2 Se recomienda a los empleados que estén considerando dedicarse a la enseñanza privada remunerada y tengan previsto impartir clases a alumnos del Distrito Escolar que comuniquen sus planes por adelantado a su supervisor.

6.3 Los empleados que se dediquen a la enseñanza privada remunerada están obligados a cumplir todas las políticas del distrito, incluidas las que se mencionan a continuación.

Referencias cruzadas:    
Política n.º 210: Conflicto de intereses
Política n.º 404: Verificación de antecedentes de los empleados
Política n.º 412: Reembolso de gastos laborales
Política n.º 450: Excelencia docente
Política n.º 452: Supervisión administrativa de los profesores
Política n.º 502: Asistencia escolar y absentismo escolar
Política n.º 515: Protección y privacidad de los expedientes académicos de los alumnos
Política n.º 540: Enseñanza a domicilio
Código ético para los docentes de Minnesota (Normativa de Minnesota, 8700.7500)
 
Aprobado por la Junta Directiva: 2 de junio de 2005