Normativa 623 - Escuela de verano

OBJETIVO

El propósito de esta política es establecer parámetros para el desarrollo del programa y la participación de los estudiantes en los servicios educativos de la escuela de verano.

1.0 La filosofía del Distrito Escolar de Minnetonka es proporcionar oportunidades de aprendizaje y crecimiento a través de un programa de escuela de verano que satisfaga las necesidades e intereses de sus estudiantes. La escuela de verano puede abordar lo siguiente:

1.1 Instrucción de recuperación para alumnos que necesitan un período prolongado de tiempo para aprender habilidades esenciales.

1.2 Educación continua de los estudiantes que pueden perder los avances educativos logrados durante el año escolar durante el verano.

1.3 Una oportunidad para que los estudiantes de secundaria obtengan créditos para graduarse.

1.4 Cursos que amplían y enriquecen la educación de los estudiantes, oportunidades para que los estudiantes de secundaria cursen asignaturas de bachillerato.

2.0 La Junta Escolar es responsable, en su capacidad de gobierno, del programa educativo y delega responsabilidades al Superintendente para establecer y operar el programa de la escuela de verano.

3.0 La ayuda financiera para la escuela de verano procederá de cuatro fuentes diferentes, entre las que se incluyen:

3.1 Presupuesto del distrito. El presupuesto del distrito puede sufragar los gastos de la escuela de verano según lo determine la Junta.

3.2 Gastos de matrícula:

3.21 No se cobrará matrícula en los siguientes casos:

3.211 Clases de educación especial para alumnos que cumplen los criterios del año escolar prolongado.

3.212 Cursos que reúnen los requisitos para recibir servicios específicos o reembolso de fondos ALC.

3.22 Se podrá cobrar matrícula por lo siguiente:

3.221 Tasas de matrícula: Se podrán cobrar tasas de matrícula por cursos exploratorios/de enriquecimiento cuando otras fuentes de financiación no cubran los gastos del curso.

3.222 Se podrá cobrar matrícula por los cursos realizados para obtener créditos para la graduación si se han ofrecido otras opciones para los cursos respectivos y el estudiante ha optado por la opción de la escuela de verano.

3.223 Las tasas de matrícula se establecerán antes del anuncio de la oferta de cursos. A los estudiantes no residentes se les cobrará una matrícula al menos igual al coste de la clase.

3.3 Financiación estatal: Se proporcionan diversos fondos estatales para apoyar la matriculación de los estudiantes en cursos de verano, bajo las condiciones impuestas por la legislación estatal.

Referencias cruzadas:
Política n.º 603: Desarrollo curricular

Política n.º 613: Requisitos de graduación

Aprobada: 20 de abril de 2006