Política 420: Estudiantes y empleados con enfermedades contagiosas e infecciosas y otras afecciones infecciosas
I. OBJETIVO
Los estudiantes y el personal del Distrito deben poder asistir a las escuelas del Distrito sin infectarse con una enfermedad contagiosa o infecciosa grave, incluidas, entre otras, el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), la Hepatitis B y la Tuberculosis. Es necesario que el Consejo Escolar adopte medidas que respondan eficazmente a los problemas de salud, respetando al mismo tiempo los derechos de todos los alumnos, empleados y contratistas, incluidos los infectados. El propósito de esta política es adoptar tales medidas.
II. DEFINICIONES
- Infeccioso: capaz de causar una infección.
- Enfermedad transmisible: Enfermedad causada por gérmenes o toxinas que pueden transmitirse de persona a persona o al tocar objetos contaminados con fluidos corporales.
III. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA
- Estudiantes c
Los estudiantes con enfermedades contagiosas no deben ser excluidos de asistir a la escuela en su entorno habitual, siempre y cuando su salud lo permita y su asistencia no suponga un riesgo significativo de transmisión de la enfermedad a otros estudiantes o empleados del distrito. El Distrito, junto con el médico del estudiante, el estudiante o sus padres/tutores, el equipo educativo y otras personas, si procede, considerarán lo siguiente: los riesgos y beneficios para el estudiante y para los demás, la ubicación educativa adecuada menos restrictiva y la necesidad de una revisión periódica según lo considere necesario el Departamento de Salud de Minnesota.
- Empleados
Es política de la Junta que los empleados con enfermedades contagiosas no sean excluidos de asistir a su empleo habitual, siempre y cuando sean física, mental y emocionalmente capaces de realizar de forma segura las tareas que se les asignen y siempre que su empleo no suponga un riesgo significativo de transmisión de la enfermedad a los estudiantes, empleados u otras personas del Distrito. Si una adaptación razonable elimina el riesgo significativo de transmisión, dicha adaptación se llevará a cabo, a menos que suponga una dificultad excesiva para el Distrito.
- Circunstancias y condiciones
- Las decisiones sobre si la asistencia a la escuela o el desempeño laboral de una persona contagiosa crea un riesgo significativo de transmisión de la enfermedad a los estudiantes o empleados del distrito escolar se tomarán caso por caso. Dichas decisiones se basarán en la naturaleza del riesgo (cómo se transmite), la duración del riesgo (cuánto tiempo es contagioso el portador), la gravedad del riesgo (cuál es el daño potencial para terceros) y las probabilidades de que la enfermedad se transmita y cause diversos grados de daño. Las decisiones se tomarán tras consultar con el Departamento de Salud de Minnesota, el médico del estudiante o empleado, el equipo de planificación educativa y los padres o tutores del estudiante.
- La Junta reconoce que algunos estudiantes y algunos empleados, debido a circunstancias y condiciones especiales, pueden suponer un mayor riesgo de transmisión de enfermedades infecciosas que otras personas infectadas con la misma enfermedad. Algunos ejemplos son los estudiantes que muestran comportamiento agresivo o los estudiantes o empleados que no pueden controlar sus fluidos corporales. Estas condiciones deben tenerse en cuenta y considerarse al evaluar el riesgo de transmisión de la enfermedad y el efecto resultante sobre el programa educativo del estudiante o el empleo del empleado, consultando con el Departamento de Salud de Minnesota, el médico del estudiante o empleado, el equipo de planificación educativa y los padres o tutores del estudiante.
- Las decisiones sobre si la asistencia a la escuela o el desempeño laboral de una persona contagiosa crea un riesgo significativo de transmisión de la enfermedad a los estudiantes o empleados del distrito escolar se tomarán caso por caso. Dichas decisiones se basarán en la naturaleza del riesgo (cómo se transmite), la duración del riesgo (cuánto tiempo es contagioso el portador), la gravedad del riesgo (cuál es el daño potencial para terceros) y las probabilidades de que la enfermedad se transmita y cause diversos grados de daño. Las decisiones se tomarán tras consultar con el Departamento de Salud de Minnesota, el médico del estudiante o empleado, el equipo de planificación educativa y los padres o tutores del estudiante.
- Participación de los alumnos en actividades extracurriculares
La participación de los alumnos en los programas extracurriculares del Distrito está sujeta al requisito de igualdad de acceso y servicios comparables, tal y como se establece en la Ley de Estadounidenses con Discapacidades.
- Precauciones
El Distrito mantendrá un procedimiento para enfermedades infecciosas que incluirá un plan para patógenos transmitidos por la sangre que cumpla con las regulaciones de la Ley de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) pertinentes a las escuelas. El plan se revisará y actualizará anualmente. El personal escolar recibirá capacitación según las regulaciones de la OSHA.
- Intercambio de información
- La información sobre la salud de los empleados y los estudiantes se compartirá dentro del Distrito únicamente con aquellas personas cuyo trabajo requiera dicha información y con aquellas que tengan un interés educativo legítimo (incluida la salud y la seguridad) en dicha información, y se compartirá solo en la medida necesaria para alcanzar objetivos educativos legítimos y cumplir con los requisitos del derecho a la información de los empleados.
- Los datos sobre la salud de los empleados y los estudiantes solo se compartirán fuera del Distrito de conformidad con la legislación estatal y federal y con las políticas del Distrito sobre los registros y datos de los empleados y los estudiantes.
- La información sobre la salud de los empleados y los estudiantes se compartirá dentro del Distrito únicamente con aquellas personas cuyo trabajo requiera dicha información y con aquellas que tengan un interés educativo legítimo (incluida la salud y la seguridad) en dicha información, y se compartirá solo en la medida necesaria para alcanzar objetivos educativos legítimos y cumplir con los requisitos del derecho a la información de los empleados.
- Notificación de
Si la condición médica de un estudiante o miembro del personal supone una amenaza para la salud pública, debe notificarse al Departamento de Salud de Minnesota.
- Prevención
El Distrito seleccionará e implementará un plan de estudios de salud que incluya material e información apropiados para el desarrollo, con el fin de prevenir y reducir el riesgo de enfermedades transmisibles. El Distrito seguirá el proceso detallado en la Política de revisión y mejora del programa educativo y curricular (n.º 603).
- Vacunación y detección
Los estudiantes matriculados en el distrito deben presentar pruebas de vacunación o exención para asistir a la escuela. El distrito desarrollará procedimientos relativos a la administración de vacunas contra la hepatitis B y la detección de tuberculosis para los empleados, de conformidad con la legislación estatal y federal vigente.
Aprobado: 10 de abril de 2007
Referencias legales:
Minn. Stat. § 121A.25, (Programas relacionados con la salud)
Minn. Stat. § Ch. 363A (Ley de Derechos Humanos de Minnesota)
Minn. Stat. § 144.441-442 (Tuberculosis)
20 U.S.C. § 1400 et seq. (Ley de mejora de la educación de las personas con discapacidad de 2004)
29 U.S.C. § 794 et seq. (Ley de rehabilitación de 1973, § 504)
42 U.S.C. § 12101 et seq. (Ley de Estadounidenses con Discapacidades)
Kohl por Kohl contra Woodhaven Learning Center, 865 F.2d 930 (8.º Cir.), cert. denegada, 493 U.S. 892, 110 S.Ct. 239 (1989)
Junta Escolar del Condado de Nassau, Florida contra Arline, 480 U.S. 273, 107S.Ct. 1123 (1987)
16 EHLR 712, Memorándum del personal de la OCR, 5 de abril de 1990
Requisitos de vacunación n.º 530
Aprobado: 10 de abril de 2007