Política 533 - Bienestar

I. OBJETIVO

El propósito de esta política es garantizar un entorno escolar que promueva y proteja la salud, el bienestar y la capacidad de aprendizaje de los alumnos mediante el apoyo a una alimentación sana, la actividad física y la salud social y emocional. El Distrito Escolar de Minnetonka se compromete a mejorar el desarrollo de prácticas de bienestar para toda la vida a través de una asociación activa con los padres y la comunidad.

II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA

  1. La Junta Escolar reconoce que la educación nutricional y la educación física son componentes esenciales del proceso educativo y que la buena salud fomenta la asistencia y el aprendizaje de los estudiantes.
     
  2. Todos los alumnos de E-12 tendrán oportunidades, apoyo y estímulo para realizar actividad física a diario.
     
  3. El personal cualificado de los servicios de alimentación y nutrición proporcionará a los alumnos acceso a una variedad de alimentos asequibles, nutritivos y apetecibles que satisfagan sus necesidades sanitarias y nutricionales; tratará de tener en cuenta la diversidad religiosa, étnica y cultural del alumnado a la hora de planificar las comidas; y proporcionará entornos limpios, seguros y agradables, así como tiempo suficiente para que los alumnos coman.
     
  4. Todos los alumnos de E-12 necesitan tener acceso a alimentos saludables y oportunidades para realizar actividad física de forma regular con el fin de crecer, aprender, prosperar y alcanzar el éxito académico.
     
  5. El entorno escolar promoverá y protegerá la salud, el bienestar y la capacidad de aprendizaje de los alumnos, fomentando una alimentación saludable y la actividad física con el fin de reducir la obesidad infantil y los trastornos alimentarios, y prevenir las enfermedades crónicas relacionadas con la alimentación.
     
  6. El entorno escolar promoverá la salud emocional y social de los alumnos, proporcionándoles un entorno seguro en el que crecer emocional y socialmente.
     
  7. El Distrito fomenta la participación de los estudiantes, padres, maestros (especialistas en salud, educación física, ciencias de la familia y del consumidor, personal de servicios de alimentación y nutrición, administradores escolares y otras personas interesadas en la implementación, supervisión y revisión de las políticas de nutrición y actividad física del Distrito.
     
  8. El Distrito mantendrá un Plan de Gestión de la Calidad del Aire Interior para proporcionar un ambiente saludable a los estudiantes.

III. DIRECTRICES

  1. Alimentos y bebidas
     
    1. Todos los alimentos y bebidas que se ofrezcan durante la jornada escolar en el campus cumplirán con las directrices dietéticas actuales del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos para los estadounidenses.
       
    2. El personal de Servicios de Alimentación y Nutrición tomará todas las medidas razonables para garantizar que el acceso de los estudiantes a los alimentos y bebidas cumpla o supere todas las directrices federales, estatales y locales.
       
    3. El personal de Servicios de Alimentación y Nutrición cumplirá con todas las directrices federales, estatales y locales en materia de seguridad y salubridad alimentaria.
       
    4. El Distrito hará todo lo posible por eliminar cualquier estigma social asociado a los alumnos que tienen derecho a comidas escolares gratuitas o a precio reducido, y por evitar su identificación manifiesta.
       
    5. El Distrito promoverá que los estudiantes se laven las manos o se desinfecten las manos antes de las comidas o los refrigerios.
       
    6. El Distrito hará todo lo posible por proporcionar a los alumnos tiempo y espacio suficientes para comer después de sentarse a la mesa para las comidas escolares, y programará los periodos de comida en momentos adecuados durante la jornada escolar.
       
    7. El Distrito desalentará las tutorías, reuniones o actividades de clubes u organizaciones durante las horas de comida, a menos que los estudiantes puedan comer durante dichas actividades.
       
    8. Los profesores y demás personal escolar no utilizarán la comida como recompensa para reforzar el aprendizaje, salvo en circunstancias excepcionales. La comida como parte de las celebraciones puede ser aceptable.
       
    9. El Distrito desaconsejará restringir el tiempo de cafetería como consecuencia del mal comportamiento de los alumnos, a menos que sea necesario para la seguridad de los mismos.
       
  2. Programa de Alimentación y Nutrición Escolar/Personal
     
    1. El Distrito proporcionará programas de comidas escolares saludables y seguras que cumplan estrictamente con todas las leyes y reglamentos federales, estatales y locales.
       
    2. El supervisor de Servicios de Alimentación y Nutrición será responsable de los programas de comidas escolares del distrito, cuyas funciones incluirán la creación de directrices nutricionales y procedimientos para la selección de alimentos y bebidas que se sirven en las cafeterías durante la jornada escolar, con el fin de garantizar que las opciones de alimentos y bebidas sean coherentes con las directrices dietéticas actuales del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos para los estadounidenses.
       
    3. Las necesidades nutricionales de los estudiantes tendrán prioridad sobre la generación de beneficios.
       
    4. Como parte de la responsabilidad del Distrito de gestionar un programa de servicios alimentarios y nutricionales, el Distrito proporcionará formación profesional continua a todo el personal de servicios alimentarios y nutricionales de las escuelas.
       
  3. Educación y promoción nutricional
     
    1. El Distrito fomentará y apoyará la alimentación saludable de los estudiantes y participará en la promoción de la nutrición y el bienestar que sea:
       
      1. Se ofrece como parte de un programa integral secuencial E-12 diseñado para proporcionar a los estudiantes los conocimientos y habilidades necesarios para promover y proteger su salud.
         
      2. Integrados en otras áreas del plan de estudios, como ciencias, ciencias sociales y asignaturas optativas, cuando proceda; y
         
      3. Agradable, adecuado para el desarrollo, culturalmente relevante e incluye actividades participativas, como concursos, promociones, degustaciones y excursiones.
         
    2. El Distrito proporcionará información a las familias para animarlas a enseñar a sus hijos sobre la salud, la nutrición y la importancia de la actividad física diaria.
       
    3. El supervisor de Servicios de Alimentación y Nutrición o un dietista registrado (R.D.) estarán disponibles para revisar la información sobre educación nutricional, previa solicitud.
       
    4. Se promoverá el consumo de frutas, verduras, cereales integrales y productos lácteos bajos en grasa para comidas y tentempiés saludables.
       
  4. Actividad física
     
    1. Los alumnos necesitan actividad física y deben adoptar plenamente la actividad física regular como un comportamiento personal. El plan de estudios de Educación Física debe coordinarse con el plan de estudios de Educación para la Salud. La Educación Física se impartirá en un entorno en el que los alumnos aprendan, practiquen y sean evaluados en cuanto a habilidades motoras, habilidades sociales y conocimientos adecuados para su desarrollo.
       
    2. Para que los alumnos alcancen la cantidad diaria de actividad física recomendada a nivel nacional (es decir, al menos 60 minutos al día) y adopten plenamente la actividad física regular como un hábito personal, necesitan oportunidades para realizar actividad física más allá de la clase de Educación Física y la jornada escolar. Con ese fin, el Distrito prestará su apoyo mediante:
       
      • Reforzar en las clases de educación sanitaria los conocimientos y las habilidades de autocontrol necesarios para mantener hábitos saludables y reducir las actividades sedentarias, como ver la televisión.
         
      • Que los profesores de aula proporcionen breves descansos para moverse entre lecciones o clases, según corresponda, y
         
      • Hacer que los profesores incorporen oportunidades para el movimiento en otras asignaturas (como ciencias, matemáticas y estudios sociales), cuando sea apropiado.
         
      • Ofrecer actividades extracurriculares y complementarias.
         
    3. Todos los alumnos de primaria tendrán al menos 20 minutos diarios de recreo supervisado, preferiblemente al aire libre, durante los cuales las escuelas deberán fomentar la actividad física de moderada a intensa, tanto verbalmente como mediante la provisión de espacio y equipamiento. Las escuelas desalentarán los periodos prolongados (es decir, periodos de dos o más horas) de inactividad.
       
    4. Se anima a las escuelas primarias, secundarias y preparatorias a ofrecer programas extracurriculares de actividad física y programas deportivos intercolegiales. Las escuelas ofrecerán una variedad de actividades que satisfagan las necesidades, intereses y habilidades de todos los estudiantes, incluidos niños, niñas, estudiantes con discapacidades y estudiantes con necesidades especiales de atención médica.

      Los programas de cuidado infantil y enriquecimiento después de la escuela proporcionarán y fomentarán, verbalmente y mediante la provisión de espacio, equipos y actividades, períodos diarios de actividad física de moderada a vigorosa para todos los participantes.
       
    5. Los profesores y demás personal escolar y comunitario no deben utilizar la actividad física excesiva (por ejemplo, correr vueltas, hacer flexiones) ni privar de oportunidades de actividad física (por ejemplo, recreos, educación física) como castigo.
       
    6. El Distrito desalentará las tutorías, las reuniones o actividades de clubes u organizaciones durante los recreos o las clases de educación física.
       
  5. Bienestar social y emocional
     
    1. El Distrito valora enormemente la salud y el bienestar de todos los miembros del personal y planificará y pondrá en práctica actividades y políticas que apoyen los esfuerzos personales del personal para mantener hábitos saludables. El personal de la escuela actuará como modelo a seguir en lo que respecta a los buenos hábitos alimenticios y la actividad física. El Distrito mantendrá un Comité de Bienestar del Personal. El comité desarrollará, promoverá y supervisará un plan multifacético para promover la salud y el bienestar del personal.
       
    2. El Distrito coordinará esfuerzos para promover el bienestar de los estudiantes y sus familias mediante la prevención de conductas de alto riesgo, incluyendo, entre otras: abuso de alcohol, tabaco y drogas, conductas agresivas, prácticas de conducción inseguras y conductas sexuales inseguras. El Distrito fomenta un entorno en el que los estudiantes se sientan seguros para revelar problemas de abuso.
       
    3. El Distrito fomentará la comprensión por parte de los alumnos del impacto que tiene la salud emocional y social en el bienestar general.
       
    4. El Distrito y las escuelas promoverán oportunidades educativas para que los estudiantes, los padres y el personal aprendan sobre el impacto que el bienestar emocional positivo tiene en la salud de las personas.
       
  6. Comunicación con padres y tutores
     
    1. El Distrito reconoce que los padres y tutores tienen un papel primordial y fundamental en la promoción y protección de la salud y el bienestar de sus hijos. Los padres y cuidadores proporcionan el entorno social principal en el que los niños desarrollan actitudes y comportamientos relacionados con la alimentación y la actividad física.
       
    2. El Distrito apoyará los esfuerzos de los padres para proporcionar una dieta saludable y actividad física diaria a sus hijos. Se animará a los padres a crear un entorno propicio para un estilo de vida activo.
       
    3. El Distrito proporcionará información sobre educación física y otras oportunidades de actividad física en la escuela, y apoyará los esfuerzos de los padres para brindar a sus hijos oportunidades de realizar actividad física fuera de la escuela.
       
    4. Los padres crean un entorno propicio para una alimentación saludable mediante los alimentos que seleccionan, los tipos de comidas que consumen fuera del hogar y el ejemplo que dan con sus buenos hábitos alimenticios. El distrito animará a los padres a preparar almuerzos y meriendas saludables para sus hijos, a fin de que mantengan esos hábitos mientras están en la escuela. (Folleto «Opciones de meriendas saludables», Servicios de Alimentación y Nutrición de Minnetonka).
       
    5. Se informará a los padres sobre las normas estatales y locales recomendadas en materia de seguridad alimentaria y saneamiento.

IV. IMPLEMENTACIÓN Y MONITOREO

  1. Tras su aprobación por parte de la Junta Escolar, la Política de Bienestar se implementará en todo el Distrito.
     
  2. El personal del Servicio de Alimentación Escolar, tanto a nivel escolar como distrital, garantizará el cumplimiento de las normas en las áreas de servicio de alimentación de la escuela e informará al administrador del programa de Servicio de Alimentación, al director del centro o a la persona designada por el superintendente, según corresponda.
     
  3. El superintendente o la persona designada velará por el cumplimiento de la Política de Bienestar y presentará un informe anual sobre el cumplimiento de la política por parte del Distrito a la Junta Escolar.
     
Referencias legales:    
42 U.S.C. § 1751 et seq. (Ley Nacional de Almuerzos Escolares Richard B. Russell)
42 U.S.C. § 1771 et seq. (Ley de Nutrición Infantil de 1966)
P.L. 108-265 (2004) § 204 (Política local de bienestar)
7 U.S.C. § 5341 (Establecimiento de directrices dietéticas)
7 C.F.R. § 210.10 (Normativa del programa de comidas escolares)
7 C.F.R. § 220.8 (Normativa del Programa de Desayunos Escolares)
 
Política local:    
Política n.º 719 Servicios de alimentación y nutrición
 
Aprobado: 1 de junio de 2006