Política 516 - Medicación de los alumnos
I. OBJETIVO
El objetivo de esta política es establecer las disposiciones que deben seguirse al administrar medicamentos con receta y sin receta durante la jornada escolar.
II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA
El Distrito reconoce que algunos estudiantes pueden necesitar medicamentos recetados o sin receta durante la jornada escolar. En tales casos, los medicamentos pueden ser administrados por la enfermera escolar titulada, el personal de servicios de salud u otro personal al que la enfermera escolar titulada designe esta responsabilidad, de conformidad con la ley y los procedimientos del Distrito. Si bien el Distrito cuenta con una política de medicamentos que prevé la administración de medicamentos durante la jornada escolar, en circunstancias normales, los medicamentos recetados y no recetados deben dispensarse antes o después de la escuela bajo la supervisión de los padres o tutores. La intención del Distrito es que los estudiantes acudan a la escuela en buenas condiciones y listos para aprender.
III. DEFINICIONES
- Medicamentos con receta: Medicamentos que requieren una receta de un médico autorizado para recetar medicamentos.
- Medicamentos sin receta: Medicamentos que se pueden adquirir sin receta médica de un profesional sanitario autorizado.
IV. REQUISITOS
- El Distrito desarrollará un procedimiento para informar a las familias sobre los requisitos para administrar medicamentos durante la jornada escolar.
- La administración de medicamentos recetados y sin receta en la escuela requiere una solicitud firmada y completada por el padre o tutor del estudiante. Una solicitud verbal debe presentarse por escrito en un plazo de dos días escolares. El distrito escolar puede basarse en una solicitud verbal hasta que se reciba una solicitud por escrito.
- Se requiere una orden por escrito firmada por el médico autorizado para recetar medicamentos y el padre/tutor para todos los medicamentos recetados. Dichas órdenes deben renovarse anualmente o cada vez que cambie la dosis o la administración del medicamento.
- Los medicamentos recetados deben traerse a la escuela en su envase original etiquetado por un farmacéutico para el estudiante, de conformidad con la ley, y deben administrarse de manera coherente con las instrucciones que figuran en la etiqueta.
- Los medicamentos sin receta médica deben traerse a la escuela en su envase original, marcados con el nombre del alumno, y deben administrarse de acuerdo con las instrucciones que figuran en la etiqueta.
- La enfermera escolar titulada puede solicitar más información sobre el medicamento, si es necesario, antes de administrar la sustancia.
- Los medicamentos recetados y sin receta no deben ser llevados por el estudiante, sino que se guardarán en la enfermería de la escuela. Las excepciones a este requisito son: medicamentos recetados para el asma que se autoadministran con un inhalador (véase la parte M.4 más abajo), posesión por parte de estudiantes de secundaria de analgésicos sin receta (véase la parte M.5), epinefrina recetada que se autoadministra con un inyector sin jeringa (véase la parte M.7) y medicamentos administrados según lo indicado en un acuerdo escrito entre el distrito escolar y los padres o según lo especificado en un IEP (programa de educación individualizado), el plan de la Sección 504 o el IHP (plan de salud individual).
- Los padres o tutores deben notificar inmediatamente por escrito a la escuela cualquier cambio en la administración de medicamentos recetados al estudiante. Se requerirá inmediatamente una nueva autorización médica y una nueva etiqueta en el envase con las nuevas instrucciones de la farmacia.
- Los padres o tutores deben notificar inmediatamente por escrito a la escuela cualquier cambio en la administración de medicamentos sin receta médica del alumno.
- En el caso de los medicamentos o fármacos utilizados por niños con discapacidad, la administración puede realizarse según lo dispuesto en el IEP, el plan de la Sección 504 o el IHP.
- Se documentará toda la medicación administrada en la escuela. Esto incluye el nombre y la dosis del medicamento, la hora de administración y el nombre de la persona que lo administró.
- Los procedimientos para la administración de fármacos y medicamentos durante la jornada escolar se elaborarán en consulta con la enfermera escolar titulada, una organización sanitaria pública o privada u otra parte competente (si así lo ha contratado el distrito escolar en virtud del Estatuto de Minnesota §121A.21). La administración del distrito escolar presentará estos procedimientos y cualquier otra directriz y procedimiento adicional necesario para aplicar esta política a la junta escolar para su aprobación. Una vez aprobados por la junta escolar, dichos procedimientos y directrices se añadirán como apéndice a esta política.
- Las siguientes excepciones específicas se aplicarán a esta política:
- Se deben hacer arreglos especiales con la enfermera escolar autorizada para tratamientos médicos especiales, incluyendo la administración de medicamentos a través de sondas gástricas, vías rectales o inyectables.
- Los procedimientos sanitarios de emergencia, incluida la administración de fármacos y medicamentos en casos de urgencia, no están sujetos a esta política.
- Los medicamentos o fármacos proporcionados o administrados por una agencia de salud pública para prevenir o controlar una enfermedad o un brote epidémico no se rigen por esta política.
- Los estudiantes con asma o una enfermedad restrictiva de las vías respiratorias pueden llevar consigo inhaladores recetados para autoadministrarse el tratamiento del asma o la enfermedad restrictiva de las vías respiratorias cuando cuentan con el consentimiento por escrito de los padres para hacerlo, una receta de un médico autorizado y el inhalador está debidamente etiquetado para el estudiante. Los padres o tutores deben presentar una autorización por escrito para que el estudiante se autoadministre el medicamento cada año escolar. La enfermera de la escuela debe evaluar los conocimientos y habilidades del estudiante para poseer y utilizar de forma segura un inhalador para el asma en el entorno escolar e introducir en el historial médico escolar del estudiante un plan para implementar la posesión y el uso seguro de los inhaladores para el asma.
- Un estudiante de secundaria puede poseer y utilizar analgésicos sin receta médica de acuerdo con las instrucciones del prospecto, siempre que el Distrito haya recibido una autorización anual por escrito de los padres o tutores del estudiante en la que se permita al estudiante autoadministrarse el medicamento. El Distrito puede revocar el privilegio del estudiante de poseer y utilizar analgésicos sin receta médica si determina que el estudiante está abusando de dicho privilegio. Esta disposición no se aplica a la posesión o el uso de cualquier medicamento o producto que contenga efedrina o pseudoefedrina como único ingrediente activo o como uno de sus ingredientes activos.
- Los estudiantes pueden llevar consigo los siguientes medicamentos sin receta (productos de venta libre) sin el consentimiento por escrito de los padres: pastillas para la tos, soluciones salinas, bálsamo labial medicado. El distrito puede revocar el privilegio del estudiante de poseer los medicamentos (productos) enumerados si determina que el estudiante está abusando de dicho privilegio.
- Al comienzo de cada año escolar o en el momento en que el estudiante se matricula en la escuela, lo que ocurra primero, los padres del estudiante, la enfermera escolar autorizada y el médico autorizado que prescribe la medicación deben desarrollar e implementar un plan de salud individualizado por escrito para el estudiante al que se le han recetado inyectores de epinefrina sin jeringa, que le permita:
- poseer inyectores de epinefrina que no sean jeringas; o
- Si los padres/tutores y el médico autorizado para recetar medicamentos determinan que el estudiante no puede llevar consigo la epinefrina, deben disponer de inyectores de epinefrina sin jeringa en las inmediaciones del estudiante en todo momento durante la jornada escolar.
El plan debe designar al personal escolar responsable de implementar el plan de salud del estudiante, lo que incluye reconocer la anafilaxia y administrar inyectores de epinefrina sin jeringa cuando sea necesario, de conformidad con la ley estatal. El padre/tutor debe proporcionar a la escuela inyectores de epinefrina sin jeringa debidamente etiquetados para el estudiante, según sea necesario.
- poseer inyectores de epinefrina que no sean jeringas; o
- Se deben hacer arreglos especiales con la enfermera escolar autorizada para tratamientos médicos especiales, incluyendo la administración de medicamentos a través de sondas gástricas, vías rectales o inyectables.
- Esta política cubre la administración de medicamentos durante la jornada escolar. No cubre la administración de medicamentos que se utilizan fuera del recinto escolar, que se utilizan en relación con actividades deportivas o extracurriculares, o que se utilizan en relación con actividades que tienen lugar antes o después de la jornada escolar habitual, según se designe en cada centro escolar.
- El «padre» de los estudiantes mayores de 18 años es el propio estudiante.
Estatuto de Minnesota § 13.32 (Datos educativos)