Política 911 - Recompensas
I. OBJETIVO
El propósito de esta política es autorizar al Consejo Escolar a ofrecer recompensas a las personas que proporcionen información precisa y fiable que conduzca a la condena de una persona que haya cometido o conspirado para cometer un delito contra estudiantes o empleados escolares, voluntarios o miembros del Consejo Escolar como resultado de su afiliación con el Distrito Escolar, o contra la propiedad del Distrito Escolar.
II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA
La Junta Escolar cree que, en determinadas circunstancias, ofrecer una recompensa puede conducir a la obtención de información que permita resolver o prevenir delitos contra los alumnos, los empleados escolares, los voluntarios, los miembros de la junta escolar o la propiedad del distrito escolar. La Junta Escolar también cree que el hecho de que la Junta Escolar pueda ofrecer una recompensa puede tener un efecto disuasorio sobre la comisión de tales delitos.
III. APROBACIÓN DE LA OFERTA DE RECOMPENSAS
La Junta Escolar aprobará la oferta de cualquier recompensa por parte del Distrito Escolar. La aprobación especificará el monto de la recompensa y el delito al que se aplica. La aprobación puede referirse a un incidente específico o a una categoría continua de delitos, por ejemplo, agresión a un maestro, daños a la propiedad escolar, etc.
IV. ESTABLECIMIENTO DE PROCEDIMIENTOS
El Superintendente elaborará directrices y procedimientos para determinar el momento y el método de pago de cualquier recompensa ganada por un proveedor de información. La información proporcionada debe haber conducido a la condena de la persona que cometió o conspiró para cometer el delito por el que se ofreció la recompensa.
Referencias legales:
Minn. Stat. § 123B.02, Subd. 22 (Recompensa)
Aprobado: 19 de enero de 2006