Política 543 - Comportamiento inseguro de los estudiantes

OBJETIVO

Un entorno de aprendizaje positivo y estimulante es fundamental para el éxito de los alumnos. La cultura del Distrito Escolar de Minnetonka demostrará apoyo y preocupación por todos los miembros de nuestra comunidad. El propósito de esta política es asegurar, en la mayor medida posible, que todos los estudiantes de las Escuelas Públicas de Minnetonka cuenten con escuelas seguras y un ambiente seguro y ordenado que conduzca al aprendizaje.

DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA

Notificación de actos inseguros

Todo empleado del Distrito que sepa o tenga motivos para creer que se ha cometido o se va a cometer un «acto inseguro» en una escuela, en una propiedad del Distrito o en una actividad patrocinada por el Distrito, deberá informar inmediatamente de dicho «acto inseguro» a un administrador del Distrito, quien lo comunicará a la agencia policial estatal o local correspondiente.

A los efectos de esta política, un «acto inseguro» incluye, entre otros, cualquier acto que implique o vaya a implicar una amenaza directa o inmediata para la seguridad o la integridad física de las personas; la posesión, el uso o la distribución de tabaco, drogas, alcohol, explosivos, armas de fuego u otras armas; o la comisión de un acto delictivo intrínsecamente peligroso, incluyendo asesinato, secuestro, robo, hurto mayor, allanamiento de morada, incendio provocado, agresión con agravantes, lesiones con agravantes, cualquier delito grave relacionado con drogas y cualquier delito sexual.

Distribución de los nombres de los alumnos que participan en actos peligrosos

Los empleados del distrito deberán informar al superintendente, o a la persona designada, la identidad de cualquier estudiante que cumpla alguno de estos criterios:

  1. Conducta que pone en peligro la seguridad de los demás;
  2. Conducta que constituye la comisión de un delito grave (si se trata de un adulto) o que constituiría la comisión de un delito grave (si fuera cometida por un adulto);
  3. Posesión de un arma;
  4. Declarado delincuente juvenil y cuya infracción, si hubiera sido cometida por un adulto, constituiría un delito grave según las leyes de Minnesota o del estado donde se cometió la infracción, excepto un delito grave de robo que no implique una amenaza directa para la vida humana; o
  5. Juzgado y condenado como adulto por cualquier delito grave, excepto el delito grave de robo que no implique una amenaza directa para la vida humana.

Cámaras de videovigilancia

El Distrito puede utilizar cámaras de videovigilancia para supervisar la actividad de cualquier persona en las instalaciones o propiedades del Distrito. Las cámaras de vídeo también pueden utilizarse para supervisar a los alumnos que viajan en vehículos propiedad del Distrito o contratados por este.

Las cintas de vídeo que contengan registros del comportamiento de una persona se guardarán en un archivo cerrado con llave hasta que se reutilicen o se borren. Las cintas de vídeo estarán sujetas a la legislación vigente en materia de divulgación de información sobre el personal o los expedientes académicos de los alumnos.

PROCEDIMIENTOS

El Superintendente establecerá los procedimientos para la implementación de esta política.
 
Referencia cruzada:
Política n.º 506: Disciplina estudiantil
Política n.º 427: Acoso y violencia
Política W-4 Política sobre armas
Política n.º 417: Política sobre el uso de productos químicos

Aprobado el 16 de junio de 2005.