Norma 417: Infracciones relacionadas con el uso de productos químicos

 

I. OBJETIVO 

El objetivo de esta política es garantizar un entorno seguro y saludable para los empleados, los alumnos y los visitantes, así como enumerar las medidas que se adoptarán en caso de que los alumnos incumplan la política de «Lugar de trabajo libre de drogas» y «Centro educativo libre de drogas».

II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA

Se considerará que se ha infringido esta política cuando un alumno consuma o posea alcohol, sustancias tóxicas, cannabis medicinal, cannabinoides no psicoactivos, productos comestibles con cannabinoides o sustancias controladas en cualquier instalación del centro educativo.

III. PROCEDIMIENTOS

  1. Debido a las diferencias de desarrollo entre los alumnos de primaria, de secundaria y de bachillerato, los procedimientos de aplicación del distrito varían.
     
  2. Los procedimientos sancionadores aplicables a los alumnos de primaria pueden dividirse o agruparse en infracciones relacionadas con el tabaco —que incluyen el tabaco, la nicotina y otros cigarrillos electrónicos sin THC— e infracciones relacionadas con las drogas, entre las que se incluyen, entre otras, la marihuana, el THC y los productos cannabinoides.
     
  3. Los procedimientos sancionadores aplicables a los alumnos de primaria en caso de infracciones relacionadas con el tabaco serán los siguientes:
     
    1. La primera infracción relacionada con el tabaco dará lugar a una reunión con los padres. Medidas de apoyo: La escuela elaborará un plan de colaboración con la familia, que incluirá información sobre el consumo de tabaco y las consecuencias que conlleva, con el fin de evitar nuevas infracciones.
       
    2. La segunda infracción relacionada con el tabaco dará lugar a un (1) día de suspensión fuera del centro y a una reunión con los padres. Se podrá derivar al alumno al orientador, al trabajador social o al psicólogo, quienes podrán recomendar medidas de apoyo o formación adicionales.
       
    3. La tercera infracción relacionada con el tabaco dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de hasta tres (3) días, una reunión con los padres y la derivación a los recursos adecuados.
       
  4. Los procedimientos sancionadores aplicables a los alumnos de primaria en caso de infracciones relacionadas con las drogas serán los siguientes:
     
    1. La primera infracción relacionada con las drogas dará lugar a una reunión con los padres, la remisión al Equipo de Apoyo al Alumno del centro y una posible suspensión de un día. Medidas de apoyo: El colegio elaborará un plan de colaboración con la familia, que incluirá información sobre el consumo de drogas y sus consecuencias, con el fin de evitar nuevas infracciones.
       
    2. La segunda infracción relacionada con drogas dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de hasta cinco (5) días, una reunión con los padres, la remisión al Equipo de Apoyo al Alumno del centro y una posible denuncia a la policía. Requisitos de apoyo: El alumno deberá reunirse con el orientador, el trabajador social o el psicólogo, y se le derivará a los recursos adecuados.
       
    3. La tercera infracción relacionada con drogas dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de hasta diez (10) días, con la posibilidad de que se remita el caso para su expulsión, una reunión con los padres, la notificación a la policía y la remisión al Equipo de Apoyo al Alumno del centro. Requisitos de apoyo: El alumno deberá acudir a una entrevista de detección con un especialista en salud química y, si procede, participar en una evaluación de dependencia química y seguir las recomendaciones resultantes. Esto deberá haberse completado, o programado, antes de la reunión de reincorporación al centro. El incumplimiento de este requisito o de las recomendaciones de la entrevista de detección o la evaluación de salud química puede dar lugar a nuevas medidas disciplinarias.
       
  5. Los procedimientos sancionadores aplicables a los alumnos de secundaria pueden dividirse o agruparse en infracciones relacionadas con el tabaco —que incluyen el tabaco, la nicotina y otros cigarrillos electrónicos sin THC— e infracciones relacionadas con las drogas, entre las que se incluyen, entre otras, la marihuana, el THC y los productos cannabinoides.
     
  6. Los procedimientos sancionadores aplicables a los alumnos de secundaria por infracciones relacionadas con el tabaco serán los siguientes:
     
    1. La primera infracción relacionada con el tabaco dará lugar a una reunión con los padres. Requisitos de apoyo: El alumno deberá reunirse con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo, quienes podrán recomendarle apoyo o formación adicionales, como la participación en charlas sobre el tabaco o en clases de reorientación.
       
    2. La segunda infracción relacionada con el tabaco dará lugar a un (1) día de suspensión fuera del centro educativo y a una reunión con los padres. El alumno deberá reunirse con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo, quienes podrán recomendarle apoyo o formación adicionales, como la participación en charlas sobre el tabaco o en clases de reorientación.
       
    3. La tercera infracción relacionada con el tabaco dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de hasta tres (3) días, una reunión con los padres, la derivación a los recursos adecuados y la posible denuncia a la policía. El alumno deberá reunirse con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo, quienes podrán recomendarle apoyo o formación adicionales, como la participación en charlas sobre el tabaco o en clases de reorientación.
       
  7. Los procedimientos disciplinarios aplicables a los alumnos de secundaria en caso de infracciones relacionadas con las drogas serán los siguientes:
     
    1. La primera infracción relacionada con drogas dará lugar a una reunión con los padres, la notificación a la policía y la remisión al Equipo de Apoyo al Alumno del centro (lo que incluye una evaluación previa), así como a una posible suspensión de un día. Requisitos de apoyo: El alumno deberá reunirse con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo para una entrevista de cribado y, si procede, participar en una evaluación de dependencia química y seguir las recomendaciones resultantes. Esto deberá completarse, o programarse, antes de la reunión de reincorporación al centro. El incumplimiento de este requisito o de las recomendaciones de la evaluación o el cribado de salud química podrá dar lugar a medidas disciplinarias adicionales.
       
    2. La segunda infracción relacionada con drogas dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de hasta cinco (5) días, una reunión con los padres, la remisión al cuerpo policial y la remisión al Equipo de Apoyo al Alumno del centro. Requisitos de apoyo: El alumno deberá reunirse con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo para realizar una entrevista de detección y, si procede, participar en una evaluación de dependencia química y seguir las recomendaciones resultantes. Esto deberá haberse completado, o programado, antes de la reunión de reincorporación al centro educativo. El incumplimiento de esta obligación o de las recomendaciones de la entrevista de detección o la evaluación de salud química puede dar lugar a nuevas medidas disciplinarias.
       
    3. La tercera infracción relacionada con drogas dará lugar a una suspensión fuera del centro de hasta diez (10) días, con la posibilidad de que se remita el caso para su expulsión, una reunión con los padres, la denuncia a la policía y la remisión al Equipo de Apoyo al Alumno del centro. Se exigirá una evaluación de dependencia química. Requisitos de apoyo: El alumno deberá consultar con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo para una entrevista de cribado, participar en una evaluación de dependencia química y seguir las recomendaciones resultantes. Esto deberá completarse, o programarse, antes de la reunión de reincorporación al centro. El incumplimiento de este requisito o de las recomendaciones del cribado de salud química o de la evaluación podrá dar lugar a nuevas medidas disciplinarias.
       
  8. Los procedimientos sancionadores aplicables a los estudiantes de secundaria pueden dividirse o agruparse en infracciones relacionadas con el tabaco —que incluyen el tabaco, la nicotina y otros cigarrillos electrónicos sin THC— e infracciones relacionadas con las drogas, entre las que se incluyen, entre otras, la marihuana, el THC y los productos cannabinoides.
     
  9. Los procedimientos de aplicación de la ley para los alumnos de secundaria en caso de infracciones relacionadas con el tabaco serán los siguientes:
     
    1. La primera infracción relacionada con el tabaco dará lugar a una denuncia policial. Requisitos de apoyo: El alumno deberá asistir a una reunión en el centro educativo junto con uno de sus padres y el director. El alumno deberá consultar con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo, quienes podrán recomendarle apoyo o formación adicionales, como la participación en charlas sobre el tabaco o en clases de reorientación.
       
    2. La segunda infracción relacionada con el tabaco dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de entre tres (3) y seis (6) días y a la remisión del caso a la policía. Antes de reincorporarse a las clases, el alumno deberá asistir a una reunión en el centro educativo junto con uno de sus padres y el director. Requisito de apoyo: el alumno deberá colaborar con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo para elaborar un plan individualizado que aborde sus necesidades.
       
    3. La tercera infracción relacionada con el tabaco dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de entre siete (7) y nueve (9) días. El alumno deberá seguir colaborando con el especialista en salud química, el orientador, el trabajador social o el psicólogo en la elaboración de su plan individual y cumplir con las modificaciones que se propongan.
       
  10. Los procedimientos sancionadores aplicables a los alumnos de secundaria en caso de infracciones relacionadas con las drogas serán los siguientes:
     
    1. La primera infracción relacionada con drogas dará lugar a la remisión del caso a las autoridades policiales, con la posibilidad de una suspensión de hasta tres (3) días. El alumno y uno de sus padres deberán asistir a una reunión con el director. Requisitos de apoyo: El alumno deberá consultar con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo para someterse a una entrevista de detección y, si procede, participar en una evaluación de dependencia química y seguir las recomendaciones resultantes. Esto deberá completarse, o programarse, antes de la reunión de reincorporación al centro. El incumplimiento de este requisito o de las recomendaciones de la evaluación de salud química o de la evaluación de dependencia química podrá dar lugar a nuevas medidas disciplinarias.
       
    2. La segunda infracción relacionada con drogas dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de hasta nueve (9) días, la remisión del caso a las fuerzas del orden y una posible remisión para la expulsión. Antes de reincorporarse a las clases, el alumno y uno de sus padres deberán asistir a una reunión con el director. Requisitos de apoyo: El alumno deberá consultar con un especialista en salud química, un orientador, un trabajador social o un psicólogo para someterse a una entrevista de detección y, si procede, participar en una evaluación de dependencia química y seguir las recomendaciones resultantes. Esto deberá completarse o programarse antes de la reunión de reincorporación al centro. El incumplimiento de este requisito o de las recomendaciones de la evaluación de salud química o de la evaluación de dependencia química podrá dar lugar a nuevas medidas disciplinarias.
       
    3. La tercera infracción relacionada con drogas dará lugar a una suspensión fuera del centro educativo de hasta diez (10) días y a una posible remisión para su expulsión. Todas las infracciones son acumulativas durante el periodo de matriculación del alumno en el centro.

IV. DE CONFORMIDAD CON

De conformidad con la política de entorno laboral libre de drogas, aquellos alumnos que sean sorprendidos en posesión de, vendiendo, distribuyendo y/o bajo los efectos de sustancias que alteren el estado mental (incluido el alcohol), o en posesión de parafernalia relacionada con las drogas, serán suspendidos de la escuela. Esto incluye infracciones cometidas dentro o en las instalaciones de la escuela, las 24 horas del día, o fuera de las instalaciones de la escuela mientras participan en actividades patrocinadas por la escuela y/o en los autobuses escolares. Se llamará a la policía en el momento de la expulsión y se le entregarán todos los utensilios y sustancias, y se registrará el incidente. Se llamará a los padres y se les pedirá que acudan a la escuela inmediatamente para recoger al alumno. Si el alumno no puede desplazarse por sus propios medios o si los padres no pueden acudir a la escuela o se niegan a hacerlo, se organizará el traslado a un centro adecuado. El distrito se reserva el derecho a imponer consecuencias diferentes en función de circunstancias particulares.

Referencias cruzadas:
 
Política 418 (Lugar de trabajo libre de drogas/Centro educativo libre de drogas)
 
Política 419 (Entorno libre de tabaco; posesión y consumo de tabaco, dispositivos relacionados con el tabaco y dispositivos de administración electrónica; formación sobre concienciación y prevención del vapeo)
 
Revisado: 18 de enero de 2024
Aprobado: 7 de marzo de 2024