Norma 803: Sistemas de alerta y planificación de emergencias
I. OBJETIVO
El objetivo de esta política es garantizar la elaboración de planes que sirvan de guía a los empleados y alumnos del distrito cuando se enfrenten a situaciones de emergencia.
II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA
El superintendente será responsable de dirigir la elaboración de procedimientos integrales de respuesta ante emergencias para el personal directivo de los centros educativos, así como de protocolos que, en consonancia con dichos procedimientos, sirvan de orientación a los empleados, los alumnos y los padres en caso de que se produzca una situación de emergencia.
III. DISPOSICIONES
- Los procedimientos de respuesta ante emergencias del distrito deberán ajustarse a las leyes estatales y federales, a las normas del Departamento de Educación de Minnesota y a las directrices establecidas por la División de Servicios de Emergencia del Departamento de Seguridad Pública de Minnesota.
Las disposiciones de los procedimientos del distrito deberán ser compatibles con las de los municipios locales en los que se encuentra el distrito escolar. Se solicitará a los funcionarios competentes de los municipios locales que revisen los procedimientos durante la fase de elaboración.
- Los procedimientos de respuesta ante emergencias deberán contemplar las siguientes situaciones de emergencia:
- Mal tiempo
- Fuego
- Amenaza de bomba
- Amenazas con armas
- Manifestaciones
- Desastre natural
- Emergencia en el suministro de servicios públicos
- Accidente con materiales peligrosos
- Estado de emergencia
- Reunificación
- Emergencias sanitarias entre el alumnado y/o el personal
- Los empleados recibirán formación continua cada año sobre la aplicación del plan. Además, en todos los centros escolares y edificios del distrito habrá a disposición folletos con las directrices sobre procedimientos de emergencia.
- El director de cada centro educativo deberá adaptar su plan de respuesta ante emergencias a los procedimientos establecidos por el distrito para los distintos tipos de situaciones de emergencia.
- El director de cada centro educativo deberá adaptar su plan de respuesta ante emergencias a los procedimientos establecidos por el distrito para los distintos tipos de situaciones de emergencia.
- Los alumnos recibirán formación específica sobre los aspectos pertinentes de los procedimientos de emergencia del edificio al participar en un número determinado de simulacros y sesiones de práctica a lo largo del curso escolar.
- Se informará a los padres sobre las medidas de seguridad del distrito mediante correos electrónicos, comunicados y la página web del colegio.
IV. SISTEMAS DE ALERTA
- El distrito escolar dispondrá de un sistema de alerta diseñado para informar a los alumnos, empleados y visitantes de las instalaciones en caso de emergencia. Este sistema se someterá a un mantenimiento periódico, de conformidad con el plan de mantenimiento de todos los edificios del distrito escolar.
- Será responsabilidad de los directores, en colaboración con la dirección del distrito, informar a los alumnos y al personal de sus centros sobre el sistema y los medios mediante los cuales se utiliza para identificar el tipo concreto de emergencia de que se trate.
V. PROCEDIMIENTOS DE EMERGENCIA
- El superintendente, el coordinador de seguridad y gestión de emergencias o la persona que estos designen tendrán plena autoridad para actuar en caso de que se produzca una emergencia que ponga en peligro la seguridad de las personas o los bienes.
Referencias legales:
42 U.S.C. § 5121 y ss. (Ayuda en caso de catástrofes y asistencia de emergencia)
Minn. Stat. Cap. 12 (Servicios de emergencia)
42 U.S.C. § 5121 y ss. (Ayuda en caso de catástrofes y asistencia de emergencia)
Minn. Stat. Cap. 12 (Servicios de emergencia)
Referencias cruzadas:
Política 806: Política de gestión de crisis
Política 806: Política de gestión de crisis
Aprobado: 6 de abril de 2006
Revisado: 20 de febrero de 2025
Aprobado: 13 de marzo de 2025