Política 803 - Sistemas de alerta y planificación de emergencias

I. OBJETIVO

El objetivo de esta política es garantizar el desarrollo de planes que proporcionen orientación a los empleados y estudiantes del distrito cuando se enfrenten a situaciones de emergencia.

II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA

El superintendente será responsable de dirigir el desarrollo de procedimientos integrales de respuesta ante emergencias para el personal directivo de la escuela, así como de protocolos acordes con dichos procedimientos que sirvan de orientación para los empleados, los alumnos y los padres en caso de emergencia.

III. DISPOSICIONES

  1. Los procedimientos de respuesta a emergencias del Distrito se ajustarán a las leyes estatales y federales, las normas del Departamento de Educación de Minnesota y las directrices establecidas por el Departamento de Seguridad Pública de Minnesota, División de Servicios de Emergencia.

    Las disposiciones de los procedimientos del Distrito serán compatibles con las de los municipios locales en los que se encuentra el Distrito Escolar. Se solicitará a los funcionarios competentes de los municipios locales que revisen los procedimientos durante la fase de desarrollo.
     
  2. Los procedimientos de respuesta ante emergencias deberán abordar las siguientes situaciones de emergencia:
     
    1. Mal tiempo
    2. Fuego
    3. Amenaza de bomba
    4. Amenazas con armas
    5. Manifestaciones
    6. Desastre natural
    7. Emergencia de servicios públicos
    8. Accidente con materiales peligrosos
    9. Emergencia nacional
    10.  Reunificación
    11.  Emergencias sanitarias del alumnado y/o del personal
       
  3. Los empleados recibirán formación continua anual sobre la implementación del plan. Además, en todas las escuelas y edificios del distrito habrá folletos con las directrices sobre procedimientos de emergencia.
     
    1. El director de cada edificio deberá ajustar su respuesta ante emergencias a los procedimientos de respuesta ante emergencias descritos por el Distrito para diversos tipos de situaciones de emergencia.
       
  4. Los alumnos recibirán instrucciones específicas sobre los aspectos relevantes de los procedimientos de emergencia del edificio, ya que participarán en un número obligatorio de simulacros y sesiones prácticas a lo largo del año escolar.
     
  5. Se informará a los padres sobre las medidas de seguridad y protección del Distrito mediante correos electrónicos, actualizaciones y el sitio web de la escuela.

IV. SISTEMAS DE ALERTA

  1. El Distrito Escolar mantendrá un sistema de alerta diseñado para informar a los estudiantes, empleados y visitantes de las instalaciones en caso de emergencia. Este sistema se mantendrá de forma regular según el plan de mantenimiento de todos los edificios del Distrito Escolar.
     
  2. Será responsabilidad de los directores, en colaboración con los responsables del distrito, informar a los alumnos y a los empleados del centro sobre el sistema y los medios por los que se utiliza dicho sistema para identificar el tipo específico de emergencia en cuestión.

V. PROCEDIMIENTOS DE EMERGENCIA

  1. El superintendente, el coordinador de seguridad y gestión de emergencias o la persona designada tendrán plena autoridad para actuar en caso de una emergencia que amenace la seguridad y la protección de las personas o los bienes.
Referencias legales:    
42 U.S.C. § 5121 et. seq. (Ayuda en caso de catástrofes y asistencia de emergencia)
Minn. Stat. Ch. 12 (Servicios de emergencia)
 
Referencias cruzadas:    
Política 806: Política de gestión de crisis

Aprobado: 6 de abril de 2006
Revisado: 20 de febrero de 2025
Aprobado: 13 de marzo de 2025