Política 901 - Educación comunitaria
I. OBJETIVO
El propósito de esta política es establecer el marco para proporcionar programas y servicios de educación comunitaria a los miembros de la comunidad dentro de la Visión y Misión del Distrito Escolar.
II. VISIÓN
La propiedad del Distrito Escolar de Minnetonka reside en todos y cada uno de los ciudadanos que viven en las diez comunidades a las que prestamos servicio. En reconocimiento de esta inversión mutua, nos comprometemos a desarrollar y ampliar una sólida gama de servicios y programas educativos comunitarios que reflejen y respondan a las necesidades y deseos de todas las edades, capacidades e ingresos.
Todos los residentes del Distrito Escolar de Minnetonka tienen derecho a beneficiarse de los recursos físicos, humanos y financieros del distrito escolar al que apoyan. Un programa educativo comunitario receptivo e intergeneracional será el elemento común y unificador que nos permitirá perseguir y alcanzar de manera efectiva la excelencia de clase mundial centrada en los niños. Del mismo modo que nuestros esfuerzos en la educación infantil y familiar se centran en maximizar el potencial de éxito de cada estudiante, nuestros servicios y programas de educación comunitaria se centrarán en satisfacer las necesidades de todos los ciudadanos en materia de aprendizaje permanente. La unión de todos los elementos de la comunidad es la piedra angular de nuestro programa de educación comunitaria. Las frecuentes evaluaciones de las necesidades y el desarrollo de programas receptivos, así como una estructura organizativa que refleje a todas las partes interesadas de la comunidad, nos permitirán crear un programa de educación comunitaria rico en contenido, de fácil acceso, ampliamente utilizado y en constante evolución a medida que cambian las necesidades tanto de la comunidad como del distrito escolar.
III. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA
La Junta Escolar afirma su firme compromiso con el programa de Educación Comunitaria y busca brindar oportunidades educativas a los niños pequeños y a sus padres, así como programas recreativos y educativos para niños mayores, jóvenes y adultos del Distrito, utilizando los recursos humanos y financieros disponibles. La Junta Escolar acoge con agrado y alienta encarecidamente el uso de los edificios escolares y las áreas de actividades por parte de la comunidad cuando no se utilizan para los programas regulares de educación temprana, primaria y secundaria. La Administración debe esforzarse por alcanzar los siguientes objetivos:
- Quedará claro en todos los aspectos que Minnetonka Community Education and Services (MCES) es un elemento integral del Distrito y funciona con las mismas responsabilidades y oportunidades que todos los demás elementos.
- Se debe hacer un uso máximo de las instalaciones escolares públicas dentro del área de servicio del Distrito.
- Las necesidades e intereses educativos de los residentes de la zona deben determinarse periódicamente con el fin de orientar las decisiones sobre programas y servicios.
- Se deben aprovechar los recursos comunitarios y la experiencia de los residentes para desarrollar un programa de educación comunitaria dinámico y completo.
- Se debe animar a los residentes de la zona, y a los no residentes si hay plazas disponibles, a participar activamente en las oportunidades que ofrece el programa.
- Se llevará a cabo una colaboración con el personal cuyas responsabilidades principales se centran en el programa K-12 y se integrarán los servicios con dichos elementos.
- Establecer relaciones sólidas entre la comunidad y el distrito escolar.
- Ayudar a desarrollar la coordinación y la cooperación entre organismos.
- Involucrar a los miembros de la comunidad en la evaluación y creación de oportunidades de programas y servicios.
IV. CONSEJO ASESOR DE EDUCACIÓN COMUNITARIA
- El Consejo Escolar aprobará un Consejo Asesor con las responsabilidades y funciones que establezca el Consejo. El Consejo Asesor funcionará dentro de los parámetros descritos en la política y las instrucciones adicionales del Consejo y del Superintendente, o la persona designada.
- La composición del Consejo Asesor de Educación Comunitaria está formada por los siguientes representantes:
- Uno de cada una de las diez comunidades del distrito: Chanhassen, Deephaven, Eden Prairie, Excelsior, Greenwood, Minnetonka, Shorewood, Tonka Bay, Victoria, Woodland.
- Dos estudiantes,
- Cuatro miembros generales nombrados por la Junta,
- Un representante de Tonka Pride,
- Un representante de la Fundación Minnetonka,
- Un representante del Minnetonka Boosters Club,
- Un representante del Consejo de las Artes de Minnetonka,
- Un representante de la Asociación de Baloncesto Masculino de Minnetonka (MBBA),
- Dos miembros de la Junta Escolar,
- Dos directores de Minnetonka,
- Dos representantes de iglesias locales o asociaciones ministeriales.
- Un miembro del Consejo Asesor de ECFE,
- Dos representantes de organizaciones de aficionados al deporte,
- Dos representantes de clubes de servicio comunitario,
- Dos representantes de organizaciones comunitarias de personas mayores,
- Dos representantes de otras organizaciones deportivas juveniles,
- Un miembro del comité colaborativo de LCTS,
- Un miembro del Comité Académico de Calidad,
- Dos representantes de la PTO/PTA,
- El Director de Enseñanza y Aprendizaje,
- El director ejecutivo del MCES será miembro nato.
- Todos los miembros prestarán servicio a discreción de la Junta Escolar, y todos los miembros deben recibir la aprobación inicial de la Junta. El mandato de los miembros será de tres años, con un máximo de dos mandatos; y los miembros estarán sujetos a la organización de origen dentro de esos requisitos (es decir, la organización de origen puede reducir el mandato de su representante respectivo en cualquier momento).
- El objetivo principal del Consejo es asesorar al Director sobre los programas y servicios del Departamento MCES y realizar evaluaciones de necesidades según sea necesario para desarrollar información.
- El Consejo ayudará a promover las metas y objetivos del programa y actuará como embajador del Distrito ante la comunidad en general.
- El Consejo se esforzará por conectar a diversas organizaciones de nuestras diez comunidades, así como a las organizaciones representadas por los miembros del Consejo, con el fin de prestar el mejor servicio posible a toda la comunidad.
- Los estatutos del Consejo Asesor de Educación y Servicios Comunitarios proporcionarán el marco operativo del Consejo, incluyendo los cargos de los funcionarios, las funciones de los funcionarios, las funciones y responsabilidades de los miembros, la frecuencia y estructura de las reuniones y cualquier otro asunto que se considere necesario y apropiado para el funcionamiento del Consejo. El comité no dictará la composición de los miembros ni cualquier otro asunto reservado a la Junta Escolar y la Administración. Los estatutos pueden ser creados y propuestos por el Consejo, pero solo entrarán en vigor tras su aprobación por la Junta Escolar. La Junta Escolar puede revisar los estatutos en cualquier momento.
- Dado que el objetivo del Consejo Asesor es asesorar al Director Ejecutivo, el Consejo no se reunirá sin la presencia del Director Ejecutivo o de la persona que este designe.
- El Consejo adoptará una política para reducir y eliminar la duplicación de programas en el Distrito. Esta expectativa estará sujeta a las instrucciones del Superintendente o la Junta Escolar.
V. ADMINISTRACIÓN DE MCES
La Junta Escolar delega la autoridad necesaria y adecuada al Superintendente para supervisar de manera general el funcionamiento del MCES (funciones de gestión y asesoramiento). Se contratará a un Director Ejecutivo para supervisar y gestionar directamente los distintos programas y servicios del Departamento. El Director Ejecutivo:
Convocar al Consejo Asesor al menos cuatro veces al año para recibir su asesoramiento. El Director Ejecutivo informará directamente al Superintendente y estará bajo su supervisión.
El Departamento y el Consejo Asesor de MCES operarán de conformidad con todas las políticas y procedimientos aplicables del Distrito.
El Consejo Asesor no tiene autoridad directa en materia de presupuestos ni contabilidad, pero asesorará al Director Ejecutivo sobre los programas y servicios según se le solicite.
El Consejo Asesor no tiene autoridad en lo que respecta a las escalas salariales, los puestos del personal, las asignaciones de personal o las recomendaciones sobre impuestos, salvo que se le solicite.
El Consejo Asesor será de carácter no comercial, no sectario y no político. El Consejo no respaldará a empresas comerciales ni a candidatos políticos.
Minn. Stat. § 124D.19, Subd. 1 (Programas de educación comunitaria; Consejo Asesor)
Política 902 (Uso de las instalaciones y el equipo del distrito escolar)