Política 545 - Programa de Servicios Sanitarios

I. OBJETIVO

El objetivo fundamental del Programa de Servicios de Salud Escolar es ayudar a los padres y tutores a proteger, mejorar y mantener la salud de sus hijos. Si bien los padres y tutores son los principales y últimos responsables de la salud de sus hijos, el Programa de Servicios de Salud Escolar les prestará apoyo para que puedan cumplir con su responsabilidad, y ayudará a los alumnos a desarrollar las habilidades necesarias para afrontar los problemas de salud a los que se enfrentarán durante su etapa escolar y en el futuro. El Distrito es responsable de desarrollar los objetivos y procedimientos necesarios para garantizar el cumplimiento del Programa de Servicios de Salud Escolar.

II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA

El Programa de Servicios de Salud Escolar tiene como objetivo facilitar y reforzar el proceso educativo mediante la mejora y la protección del estado de salud de los alumnos, motivando tanto a estos como a sus familias a buscar y mantener un estado de salud óptimo, y ayudando a eliminar o modificar los obstáculos relacionados con la salud que dificultan el aprendizaje. La colaboración entre los servicios de salud y los programas educativos es fundamental para promover el bienestar de los alumnos, sus familias, el personal escolar y la comunidad.

Se ha diseñado un Programa de Servicios de Salud Escolar compuesto por tres partes —servicios de salud, educación sanitaria y un entorno escolar saludable— con el fin de poner en práctica la filosofía antes mencionada. Otros programas educativos importantes que respaldan y complementan el Programa de Salud Escolar tradicional son la educación física, la educación nutricional, el Programa de Servicios de Alimentación y Nutrición, el asesoramiento y los programas de bienestar comunitario. El coordinador de servicios de salud, otras enfermeras escolares tituladas y los auxiliares de salud son responsables de los servicios de salud; los profesores de aula y los especialistas, de la educación sanitaria; y todo el personal del distrito, de proporcionar un entorno escolar saludable.

III. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

  1. Desarrollar y mantener un sistema de atención para enfermedades comunes y agudas, primeros auxilios y emergencias, así como para trastornos de salud mental.
     
  2. Desarrollar y mantener un proceso de detección, evaluación y derivación de problemas de salud que permita identificar las afecciones en sus fases iniciales y garantizar su seguimiento para que puedan corregirse.
     
  3. Evaluar y recomendar medidas de seguridad escolar y de prevención de lesiones, y promover un entorno escolar saludable.
     
  4. Promover y mantener la salud y el bienestar óptimos de los alumnos, las familias y el personal escolar mediante la educación sanitaria y el asesoramiento.
     
  5. Evaluar el impacto de los problemas de salud en los alumnos con dificultades de aprendizaje y poner en marcha planes de salud individualizados para la educación y la atención de los alumnos con enfermedades crónicas o discapacidades, incluidos aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad sanitaria o son médicamente frágiles y tienen necesidades sanitarias complejas.
     
  6. Prevenir y controlar las enfermedades transmisibles mediante la enseñanza y el refuerzo de las precauciones universales, protegiendo así el bienestar de los alumnos y del personal.
     
  7. Administrar medicamentos a los alumnos de conformidad con las directrices del Servicio de Salud Escolar, el artículo 121A.22 del Código de Leyes de Minnesota y las directrices del Departamento de Salud de Minnesota, cuando el medicamento haya sido recetado para que el alumno pueda permanecer en la escuela, o para mantener o mejorar su estado de salud y/o potenciar su capacidad de aprendizaje.
     

IV. LIMITACIONES DEL PROGRAMA DE SERVICIOS DE SALUD ESCOLAR

  1. El personal de los Servicios de Salud Escolar seguirá siendo responsable del Programa de Servicios de Salud Escolar dentro de los límites establecidos por la Ley de Ejercicio de la Enfermería.
     
  2. El personal del centro educativo no recomienda a personas concretas ni a grupos profesionales específicos para ningún tipo de servicio sanitario. Por el contrario, su función consiste en informar a los alumnos y a sus padres o tutores sobre los centros de salud disponibles y los servicios que ofrece cada uno de ellos.
Referencias cruzadas:    
N.º 533: Política de bienestar N.º 533
N.º 719: Alimentación y nutrición N.º 719
N.º 516: Política sobre medicamentos n.º 516
N.º 420: Estudiantes y empleados con enfermedades transmisibles y otras afecciones infecciosas
 
Aprobado: 10 de abril de 2007