Política 546 - Programas de viajes de estudios

I. OBJETIVO

La Junta Escolar de las Escuelas Públicas de Minnetonka cree que los programas de viajes de estudio añaden valor al aprendizaje. El objetivo de los programas de viajes de estudio es proporcionar oportunidades al profesorado para enriquecer y ampliar las experiencias de aprendizaje de los alumnos más allá de las que se pueden ofrecer a través de las actividades habituales en el aula. Pueden ser un medio valioso para motivar, aumentar la comprensión y proporcionar a los alumnos una forma de iniciar nuevos aprendizajes o culminar unidades de enseñanza.

El objetivo de esta política es proporcionar orientación al personal, los estudiantes y las familias que participan en un viaje del Programa de Estudios y Viajes. La intención es fomentar los viajes de estudios y proporcionar estructuras que garanticen una experiencia segura y educativa. El personal que organiza el viaje, los estudiantes que participan en la experiencia, las familias que apoyan el viaje de estudios y todo el personal del distrito escolar deben conocer los derechos, las responsabilidades, los requisitos y las consecuencias de la participación.

II. DECLARACIÓN DE POLÍTICA

La Junta fomenta y apoya el interés en los programas de viajes de estudio nacionales e internacionales que incluyen, entre otros, actividades académicas, deportivas, musicales, artísticas y de otro tipo. Dado que el aprendizaje experiencial que se obtiene a través de los programas de viajes de estudio no puede lograrse únicamente mediante la lectura, los medios electrónicos o las actividades y debates en el aula, la política de la Junta es autorizar determinados viajes de estudio patrocinados por la escuela como complemento al plan de estudios E-12 del distrito.

El Distrito espera que cada viaje patrocinado por la escuela sea una experiencia educativa debidamente planificada, bien organizada y cuidadosamente supervisada. Para cumplir con este alto estándar, las solicitudes para todos los viajes de estudiantes deben ser presentadas y aprobadas provisionalmente por el director del edificio, o la persona designada, y por el superintendente, o la persona designada, en concepto antes de involucrar a los estudiantes y padres/tutores en la planificación y ejecución. Las solicitudes de aprobación en concepto deben hacerse mediante la presentación del Formulario de concepto preliminar de viaje de estudiantes. El superintendente, o la persona designada, (1) dará su aprobación provisional para que el viaje pueda planificarse en su totalidad y cumplir con todos los demás plazos especificados en esta política y en las normas que la acompañan, (2) devolverá la solicitud para su revisión, o (3) denegará la solicitud.

El formulario de concepto preliminar exige que quienes planifican experiencias de viajes de estudio aborden cuestiones que incluyen, entre otras, las expectativas de los acompañantes, las previsiones de costes y los planes de recaudación de fondos, los objetivos educativos, las fechas de las reuniones de planificación necesarias para los estudiantes y los acompañantes, y las posibles cuestiones relacionadas con la seguridad y/o la salud. El formulario de confirmación del viaje e itinerario exige que quienes planifican experiencias de viajes de estudios proporcionen información que incluye, entre otros, los detalles del itinerario definitivo, la cobertura del seguro, las listas de estudiantes y acompañantes, las estrategias de comunicación en redes sociales y teléfonos móviles, y la garantía de que se han revisado todas las políticas pertinentes.

La Junta considera que los estudiantes, los padres y la comunidad perciben cualquier actividad de viaje estudiantil relacionada con una escuela como patrocinada por la escuela. Por lo tanto, esta política cubrirá cualquier viaje estudiantil que resulte de la promoción de la actividad por parte del distrito/escuela mediante la distribución de materiales informativos, la coordinación de los preparativos por parte del personal del distrito/escuela, la recepción de las cuotas de participación, la recogida de los formularios de autorización y/o los preparativos para los acompañantes.

Esta política cubre todos los viajes de estudios E-12, incluyendo Minnetonka Community Education, las escuelas primarias, las escuelas secundarias y las escuelas preparatorias.

III. DEFINICIONES

  1. Programa de estudios y viajes: cualquier viaje iniciado y patrocinado por el distrito para estudiantes de E-12 que sea un complemento al aprendizaje y que requiera que los estudiantes pasen la noche fuera de casa.
     
  2. Excursiones: están disponibles para todos los alumnos y consisten en visitas a lugares fuera del recinto escolar que pueden implicar pasar la noche fuera con el fin de proporcionar a los alumnos experiencias educativas que de otro modo no podrían tener. Hay dos tipos de excursiones:
     
    1. Excursión regular: una excursión que forma parte integral de un curso de estudio, requiere la asistencia de los alumnos, está financiada por el distrito y puede ser calificada.
    2. Excursión complementaria: una excursión que no forma parte integral de un curso de estudios, a la que los alumnos pueden asistir de forma voluntaria y en la que no se otorgan calificaciones. Es posible que se solicite a los padres o tutores una contribución económica para sufragar los gastos de la excursión complementaria.
       
  3. Viajes patrocinados por la escuela: cualquier viaje local, regional, nacional e internacional iniciado por la escuela o el distrito en el que se haya dado prioridad al valor educativo, así como a la seguridad y el bienestar de los estudiantes participantes. Esto incluye viajes que se realizan durante la jornada escolar, los fines de semana, durante el verano o viajes que requieren pernoctar fuera de casa.
     
  4. Viajes no patrocinados por la escuela: cualquier viaje en el que los empleados o miembros de la comunidad celebren contratos o acuerdos sin la aprobación formal del Distrito. Cualquier viaje no aprobado por el Distrito se considera una iniciativa privada. El Distrito no copatrocinará ningún viaje de este tipo.

IV. DIRECTRICES DE PLANIFICACIÓN PARA VIAJES PATROCINADOS POR LA ESCUELA

  1. Todos los viajes del programa Study-Travel son opcionales para los estudiantes.
     
  2. Los viajes del Programa de Estudios y Viajes y toda la planificación relacionada con ellos deben realizarse fuera del horario lectivo.
     
  3. Los viajes del Programa de Estudios y Viajes deben realizarse cuando no hay clases (es decir, durante las vacaciones de primavera o verano) y deben perturbar lo menos posible el horario escolar habitual.
     
  4. Todos los adultos que acompañen el viaje son responsables de la seguridad y el comportamiento de los estudiantes desde la salida hasta el regreso.
     
  5. Los preparativos para los viajes patrocinados por la escuela serán realizados por el personal escolar. Los viajes fuera de la región de los cinco estados (MN, WI, IA, SD, ND) se organizarán a través de agencias de viajes autorizadas si no se utilizan los servicios del transportista contratado por el distrito escolar.
     
  6. El Distrito se reserva el derecho de cancelar o posponer un viaje y no se hará responsable de los depósitos no reembolsables ni de otros gastos en los que se haya incurrido.
     
  7. Una vez que el director, o la persona designada, y el superintendente, o la persona designada, aprueben el concepto del viaje, el personal escolar que solicite la aprobación para el viaje de los estudiantes deberá completar el Formulario de solicitud de viaje de estudiantes para que lo apruebe el director o supervisor del edificio.
     
  8. Las actividades extracurriculares y las competiciones para las que se clasifican los grupos escolares suelen estar exentas de estas directrices. Esto se debe a que el tiempo y el lugar los establece el órgano rector de la organización patrocinadora. No entra dentro del ámbito de esta política impedir que los alumnos participen, incluso en el caso de que dichas actividades o competiciones tengan lugar durante el horario escolar.
     
  9. El Distrito comunicará las expectativas procedimentales para la planificación y ejecución de todos los programas de viajes de estudios y presentará la documentación necesaria para su aprobación por parte de la Junta.
     
  10. En los casos en que los estudiantes participen en programas de alojamiento en hogares con grupos anfitriones, el Distrito obtendrá una garantía de los líderes de los grupos anfitriones de que se han tomado las medidas adecuadas para garantizar la seguridad y el bienestar de los estudiantes. Se incluirán procedimientos para identificar alojamientos alternativos en situaciones en las que los programas de alojamiento en hogares no cumplan con los estándares del Distrito.

V. DURANTE EL VIAJE

  1. Código de conducta
     
    1. Todas las políticas del distrito estarán vigentes para los estudiantes y acompañantes del Programa de Estudios y Viajes y de las Excursiones, incluidas, entre otras, las políticas sobre drogas y alcohol.
    2. Los programas internacionales de estudios y viajes deben registrarse en la embajada de los Estados Unidos y deben comunicar a los participantes las consecuencias que acarreará el incumplimiento de las leyes extranjeras sobre drogas y alcohol.
       
  2. Procedimientos de emergencia
     
    1. Todos los programas de estudios y viajes presentarán las cuestiones previstas en materia de salud y seguridad, así como los procedimientos y protocolos detallados para casos de emergencia, con el fin de garantizar la seguridad de los estudiantes.
    2. Todos los programas de estudios y viajes identificarán un plan de comunicación que incluya medios electrónicos con el fin de transmitir la información a los padres/tutores de la manera más eficaz y eficiente posible.

VI. POLÍTICA DE CANCELACIÓN

  1. Los viajes pueden cancelarse debido a condiciones meteorológicas, motivos de seguridad, acontecimientos mundiales o necesidades locales de la escuela. Los viajes solo se cancelarán en circunstancias en las que las autoridades escolares consideren que es razonablemente prudente y cauteloso hacerlo para garantizar la seguridad de los alumnos y el personal o para garantizar el funcionamiento eficaz de la escuela local. En tales casos, se hará todo lo posible por avisar con la mayor antelación posible.
     
  2. El Distrito no se hace responsable de las pérdidas económicas que puedan sufrir los alumnos y sus padres debido a la cancelación de los viajes.
     
  3. La autoridad para cancelar viajes recae en el superintendente o en la persona designada por él.

VII. VIAJES NO PATROCINADOS POR LA ESCUELA

  1. Viajes no patrocinados por la escuela: Con el fin de enfatizar que los viajes no patrocinados por la escuela no cuentan con el apoyo del Distrito, se comunicará ampliamente lo siguiente cuando las organizaciones locales participen en viajes no patrocinados por la escuela:
     
    1. Todos los materiales y comunicaciones deben indicar que el viaje no está patrocinado por la escuela.
    2. No se pueden celebrar reuniones ni comunicaciones relacionadas con el viaje en las instalaciones del Distrito.
    3. Las organizaciones responsables de viajes no patrocinados por la escuela no podrán utilizar las herramientas de comunicación del Distrito.
Aprobado: 15 de noviembre de 2007
Revisado: 17 de noviembre de 2016; 15 de diciembre de 2016; 19 de enero de 2017.
Aprobado: 2 de febrero de 2017