Norma 546 - Programas de viajes de estudios

I. OBJETIVO

El Consejo Escolar de las Escuelas Públicas de Minnetonka considera que los programas de viajes de estudios aportan un valor añadido al aprendizaje. El objetivo de estos programas es brindar al profesorado la oportunidad de enriquecer y ampliar las experiencias de aprendizaje de los alumnos más allá de lo que pueden ofrecer las actividades habituales en el aula. Pueden constituir un medio valioso para motivar a los alumnos, mejorar su comprensión y ofrecerles una forma de iniciar nuevos procesos de aprendizaje o de culminar una o varias unidades didácticas.

El objetivo de esta política es ofrecer orientación al personal, a los alumnos y a las familias que participan en un viaje del Programa de Viajes de Estudios. La intención es fomentar los viajes de estudios y establecer las estructuras necesarias para garantizar una experiencia segura y formativa. El personal encargado de organizar el viaje, los alumnos que participan en la experiencia, las familias que apoyan el viaje de estudios y todo el personal del distrito escolar deben conocer los derechos, las responsabilidades, los requisitos y las consecuencias de la participación.

II. DECLARACIÓN DE POLÍTICA

La Junta fomenta y respalda el interés por los programas de viajes de estudios nacionales e internacionales que incluyen, entre otros, actividades académicas, deportivas, musicales, artísticas y de otro tipo. Dado que el aprendizaje experiencial que se obtiene a través de estos programas no puede lograrse únicamente mediante la lectura, los medios electrónicos o las actividades y debates en el aula, la política de la Junta consiste en autorizar determinados viajes de estudios patrocinados por la escuela como complemento al plan de estudios E-12 del distrito.

El Distrito espera que cada viaje patrocinado por la escuela sea una experiencia educativa debidamente planificada, bien organizada y cuidadosamente supervisada. Para cumplir con este alto nivel de exigencia, todas las solicitudes de viajes de los alumnos deben presentarse y recibir una aprobación provisional por parte del director del centro, o la persona que este designe, y del superintendente, o la persona que este designe, en cuanto al concepto del viaje, antes de involucrar a los alumnos y a los padres o tutores en la planificación y la ejecución. Las solicitudes de aprobación del concepto deben presentarse mediante el formulario de concepto preliminar de viajes de alumnos. El superintendente, o la persona designada, podrá (1) dar su aprobación provisional para que el viaje pueda planificarse en su totalidad de acuerdo con todos los demás plazos especificados en esta política y en la normativa adjunta, (2) devolver la solicitud para su revisión, o (3) denegar la solicitud.

El formulario de concepto preliminar exige que quienes planifiquen experiencias de viajes de estudios aborden cuestiones que incluyen, entre otras, las expectativas de los acompañantes, las previsiones de costes y los planes de recaudación de fondos, los objetivos educativos, las fechas de las reuniones de planificación obligatorias para estudiantes y acompañantes, y las posibles cuestiones relacionadas con la seguridad y/o la salud. El formulario de confirmación del viaje e itinerario exige que quienes planifiquen experiencias de viajes de estudios proporcionen información que incluya, entre otros, los detalles del itinerario definitivo, la cobertura del seguro, las listas de estudiantes y acompañantes, las estrategias de comunicación a través de redes sociales y teléfonos móviles, y garantías de que se han revisado todas las políticas pertinentes.

La Junta considera que los alumnos, los padres y la comunidad perciben cualquier actividad de viaje escolar relacionada con un centro educativo como una actividad patrocinada por la escuela. Por lo tanto, esta política abarcará cualquier viaje escolar que sea resultado de la promoción de la actividad por parte del distrito o del centro educativo mediante la distribución de material informativo, la coordinación de los preparativos por parte del personal del distrito o del centro, el cobro de cuotas de participación, la recogida de autorizaciones y/o la organización de acompañantes.

Esta política se aplica a todos los viajes de estudios y turismo de E-12, incluyendo Minnetonka Community Education, las escuelas de primaria, los institutos de enseñanza secundaria y el instituto de secundaria.

III. DEFINICIONES

  1. Programa de estudios y viajes: cualquier viaje organizado y patrocinado por el distrito para alumnos de primaria y secundaria que sirva de complemento al aprendizaje y que implique que los alumnos pasen la noche fuera de casa.
     
  2. Excursiones: están abiertas a todos los alumnos y consisten en visitas a lugares fuera del recinto escolar que pueden incluir una estancia de una noche, con el fin de ofrecer a los alumnos experiencias educativas a las que de otro modo no tendrían acceso. Hay dos tipos de excursiones:
     
    1. Excursión habitual: una excursión que forma parte integrante de un programa de estudios, cuya asistencia es obligatoria para los alumnos, está financiada por el distrito y puede ser objeto de calificación.
    2. Excursión complementaria: una excursión que no forma parte del plan de estudios, cuya asistencia es voluntaria para los alumnos y en la que no se otorgan calificaciones. Es posible que se solicite a los padres o tutores una contribución económica para sufragar los gastos de una excursión complementaria.
       
  3. Viajes organizados por el centro educativo: cualquier viaje local, regional, nacional o internacional organizado por el centro educativo o por el distrito, en el que se haya dado prioridad al valor educativo, así como a la seguridad y el bienestar de los alumnos participantes. Esto incluye los viajes que se realizan durante la jornada escolar, los fines de semana, durante el verano o aquellos que requieren pernoctar fuera de casa.
     
  4. Viajes no patrocinados por el distrito: cualquier viaje en el que los empleados o miembros de la comunidad celebren contratos o acuerdos sin la aprobación formal del distrito. Cualquier viaje que no haya sido aprobado por el distrito se considerará una iniciativa privada. El distrito no será copatrocinador de ningún viaje de este tipo.

IV. DIRECTRICES DE PLANIFICACIÓN PARA LOS VIAJES ORGANIZADOS POR EL CENTRO

  1. Todos los viajes del programa de estudios y viajes son opcionales para los estudiantes.
     
  2. Los viajes del programa de estudios y viajes, así como toda la planificación relacionada, deben realizarse fuera del horario lectivo.
     
  3. Los viajes del programa «Estudios y Viajes» deben realizarse cuando no haya clases (por ejemplo, durante las vacaciones de primavera o en verano) y deben alterar lo menos posible la jornada escolar habitual.
     
  4. Todos los adultos que acompañen al grupo durante el viaje son responsables de la seguridad y el comportamiento de los alumnos desde la salida hasta el regreso.
     
  5. Los preparativos de los viajes organizados por el colegio correrán a cargo del personal del centro. Los viajes fuera de la región de los cinco estados (MN, WI, IA, SD, ND) se contratarán a través de agencias de viajes autorizadas si no se recurre a los servicios de la empresa de transporte contratada por el distrito escolar.
     
  6. El Distrito se reserva el derecho a cancelar o aplazar un viaje y no se hará responsable de los depósitos no reembolsados ni de otros gastos en los que se haya incurrido.
     
  7. Una vez que el director, o la persona que este designe, y el superintendente, o la persona que este designe, hayan aprobado el proyecto de viaje, el personal del centro que solicite la autorización para el desplazamiento de los alumnos deberá cumplimentar el formulario de solicitud de desplazamiento de alumnos para que lo apruebe el director del centro o el supervisor.
     
  8. Las actividades extracurriculares y las competiciones a las que se clasifican los grupos escolares suelen quedar exentas de estas directrices. Esto se debe a que la fecha y el lugar los establece el órgano rector de la organización patrocinadora. El objetivo de esta política no es impedir que los alumnos participen, ni siquiera en el caso de que dichas actividades o competiciones tengan lugar durante el horario lectivo.
     
  9. El Distrito comunicará las normas de procedimiento para la planificación y puesta en marcha de todos los programas de estudios y viajes, y presentará la documentación necesaria para su aprobación por parte de la Junta.
     
  10. En los casos en que los alumnos se alojen en casas de familias de acogida, el Distrito se asegurará de que los responsables de dichas familias garanticen que se han tomado las medidas adecuadas para velar por la seguridad y el bienestar de los alumnos. Se establecerán procedimientos para buscar alternativas de alojamiento en caso de que las condiciones de la estancia en casa de familia no cumplan con los estándares del Distrito.

V. DURANTE EL VIAJE

  1. Código de conducta
     
    1. Todas las normas del distrito se aplicarán a los alumnos y acompañantes que participen en el programa de estudios y viajes y en las excursiones, incluidas, entre otras, las normas relativas al consumo de drogas y alcohol.
    2. Los programas internacionales de estudios y viajes deben registrarse en la Embajada de los Estados Unidos y deben informar a los participantes de las consecuencias que acarrean las infracciones de la legislación extranjera en materia de drogas y alcohol.
       
  2. Procedimientos de emergencia
     
    1. Todos los programas de estudios y viajes presentarán las posibles preocupaciones en materia de salud y seguridad, así como los procedimientos y protocolos de emergencia detallados, con el fin de garantizar la seguridad de los estudiantes.
    2. Todos los programas de estudios y viajes elaborarán un plan de comunicación que incluya los medios electrónicos, con el fin de transmitir la información a los padres o tutores de la forma más eficaz y eficiente posible.

VI. POLÍTICA DE CANCELACIÓN

  1. Las excursiones pueden cancelarse por motivos meteorológicos, de seguridad, acontecimientos internacionales o necesidades de la escuela local. Las excursiones solo se cancelarán en aquellas circunstancias en las que las autoridades escolares consideren que es razonablemente prudente y aconsejable hacerlo para garantizar la seguridad de los alumnos y el personal o para asegurar el buen funcionamiento de la escuela local. En tales casos, se hará todo lo posible por avisar con la mayor antelación posible.
     
  2. El distrito no se hace responsable de las pérdidas económicas que puedan sufrir los alumnos y los padres como consecuencia de la cancelación de los viajes.
     
  3. La facultad de cancelar los viajes recae en el superintendente o en la persona que este designe.

VII. VIAJES NO ORGANIZADOS POR LA ESCUELA

  1. Viajes no patrocinados por la escuela: Con el fin de dejar claro que el distrito no respalda los viajes no patrocinados por la escuela, se difundirá ampliamente la siguiente información cuando las organizaciones locales participen en este tipo de viajes:
     
    1. Todos los materiales y comunicaciones deben indicar que el viaje no está patrocinado por el colegio
    2. No se podrán celebrar reuniones ni mantener comunicaciones relacionadas con el viaje en las instalaciones del distrito
    3. Las organizaciones responsables de viajes no patrocinados por el centro educativo no podrán utilizar las herramientas de comunicación del distrito
Aprobado: 15 de noviembre de 2007
Revisado: 17 de noviembre de 2016; 15 de diciembre de 2016; 19 de enero de 2017
Aprobado: 2 de febrero de 2017