Norma 725: Seguro de responsabilidad civil para organizaciones de padres voluntarios
I. OBJETIVO
El objetivo de esta política es incluir en el plan de seguro de responsabilidad civil general del Distrito a los miembros de las organizaciones de padres voluntarios que apoyan las actividades curriculares o extracurriculares de los alumnos del Distrito, ofreciendo la gestión financiera de su organización, a cargo del Distrito, dentro del Fondo Fiduciario y de Agencia del Distrito.
II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA
La póliza de responsabilidad civil general del Distrito ofrece cobertura tanto a los voluntarios como a los empleados. Una organización de voluntarios está cubierta por la póliza de responsabilidad civil general del Distrito si sus finanzas se gestionan bajo el paraguas financiero del Distrito. Para incorporar la organización al marco financiero del Distrito, si así lo solicita la organización, el Distrito proporcionará servicios bancarios, contables y de presentación de informes financieros a las organizaciones de padres voluntarios que presten servicio directamente a los alumnos del Distrito, tales como una sección de la PTO/PTA, una organización deportiva que ofrezca un programa para los jóvenes del Distrito o un grupo de padres voluntarios organizado para prestar apoyo a una actividad escolar específica. Al incorporar el funcionamiento financiero de una organización de padres voluntarios a la gestión financiera del Distrito, los miembros voluntarios de dicha organización quedan asegurados en virtud de la póliza de responsabilidad civil general del Distrito en su calidad de voluntarios.
III. REQUISITOS
- Cada organización participante debe tener como misión principal el servicio a los jóvenes del Distrito Escolar de Minnetonka.
- La participación de la organización matriz en este servicio es voluntaria. Se mantendrá una cuenta de fondo fiduciario independiente para cada organización.
- Es necesario contar con la aprobación del Consejo Escolar antes de prestar servicios financieros y aceptar fondos. Una vez obtenida la aprobación del Consejo Escolar, se abrirá inmediatamente una cuenta para recibir los fondos.
- La organización debe transferir el 100 % de sus fondos a la cuenta fiduciaria del Distrito. La organización no podrá retener fondos alguno, salvo una cuenta de caja chica cuyo saldo no supere los 400 dólares.
- Los ingresos, una vez recaudados, se ingresan en la cuenta fiduciaria de la organización que se mantiene en la Oficina Administrativa; y los gastos, una vez abonados, se sufragan con cargo a esa misma cuenta.
- Los fondos depositados en una cuenta fiduciaria del Distrito se utilizarán para fines que sean conformes a la legislación estatal.
- Cada organización contará con un enlace administrativo del distrito. El enlace administrativo del distrito se asegurará de que los fondos se utilicen de conformidad con la visión y la misión del Distrito Escolar de Minnetonka. Todos los gastos están sujetos a la aprobación de la Junta Escolar.
- Los gastos que se vayan a abonar con cargo a una cuenta de la organización deben ser firmados por el enlace administrativo del distrito con dicha organización. Por ejemplo, los gastos que se vayan a abonar con cargo a una cuenta de la Asociación de Padres y Profesores (PTO) deben ser firmados por el director del centro correspondiente.
- La cobertura de responsabilidad civil del Distrito se extenderá a todas las actividades de la organización, salvo aquellas en las que la legislación estatal no permita la participación del Distrito. Por ejemplo, si una actividad de recaudación de fondos fuera del recinto escolar incluye el servicio de bebidas alcohólicas, será necesario que la organización contrate un seguro de responsabilidad civil independiente que cubra dicho servicio.
IV. APLICACIÓN
El Consejo Escolar confiere la responsabilidad de la gestión de esta política al superintendente y al director ejecutivo de Finanzas y Operaciones.
Aprobado:
Con arreglo a la Norma G-2, Fondos fiduciarios: fusión de las finanzas de la PTO y la PTA, de fecha 8 de septiembre de 1995
Referencia:
Política n.º 730 de Minnetonka, Indemnización por responsabilidad civil
Aprobado el 18 de enero de 2007