Norma 203.6 - Órdenes del día de aprobación automática
I. OBJETIVO
El objetivo de esta política es permitir el uso de un orden del día de asuntos de rutina en el desarrollo de los asuntos tratados en las reuniones ordinarias o extraordinarias de la Junta Escolar.
II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA
Con el fin de garantizar una gestión más eficiente de las reuniones del Consejo Escolar, este podrá optar por utilizar un orden del día de aprobación automática para la aprobación de asuntos rutinarios, no controvertidos o de naturaleza similar.
III. ORDENES DEL DÍA DE APROBACIÓN
- El superintendente, previa consulta con el presidente del consejo escolar, podrá incluir puntos en el orden del día por consentimiento. Al recurrir a un orden del día por consentimiento, el consejo ha dado su consentimiento para que determinados puntos se traten de forma conjunta en una sola moción. En caso de que se utilice un orden del día por consentimiento, cualquier miembro del consejo podrá retirar un punto con el fin de disponer del tiempo de debate necesario para examinarlo.
- Los puntos de aprobación son aquellos que, por lo general, no requieren debate ni explicación previa a la decisión de la Junta, no son controvertidos o tienen un contenido similar, o bien son aquellos que ya se han debatido o explicado y no requieren más debate ni explicación. Dichos puntos del orden del día pueden incluir tareas administrativas tales como, entre otras, la aprobación de actas anteriores, la aprobación de facturas, la aprobación de informes, etc. Estos puntos también pueden incluir grupos similares de decisiones tales como, entre otras, la aprobación de contratos del personal, la aprobación de detalles de mantenimiento de los edificios y terrenos del Distrito o la aprobación de diversos calendarios.
- Los puntos podrán ser retirados del orden del día por consenso mediante una solicitud presentada a tiempo por un miembro individual de la Junta para su examen por separado. Una solicitud se considerará presentada a tiempo si se formula antes de la votación sobre el orden del día por consenso. La solicitud no requiere de una segunda votación ni de la aprobación de la Junta Escolar. El punto retirado del orden del día por consenso se debatirá y se tomará una decisión al respecto por separado, ya sea antes del resto del orden del día por consenso o inmediatamente después de su examen.
- Los puntos del orden del día por consentimiento se aprueban en bloque mediante un único voto de la Junta Escolar. Los puntos del orden del día por consentimiento se harán constar por separado en el acta.
- Los miembros del consejo deben estar siempre atentos a posibles conflictos de intereses en relación con los asuntos que debe decidir el consejo. Dado que los puntos del orden del día por consentimiento no se debaten individualmente, existe un mayor riesgo de que se pase por alto algún conflicto de intereses que pueda afectar a un miembro del consejo. Esta disposición de la política tiene por objeto mantener a los miembros del consejo en constante alerta.
Referencias legales:
Ley de Minnesota, art. 123B.09, apartado 7 (Competencias de la Junta Escolar)
Referencias cruzadas:
Norma 203.2 (Orden del día de la reunión ordinaria del Consejo Escolar)
Norma 203.5 (Orden del día de la reunión del Consejo Escolar)
Norma 203.5 (Orden del día de la reunión del Consejo Escolar)
Norma 204 (Actas de las reuniones del Consejo Escolar)
Aprobado: 7 de mayo de 2009