Norma 535 - Alumnos - Asignación a centros educativos
I. OBJETIVO
El objetivo de esta política es proporcionar a las familias información sobre qué colegio corresponde a su zona de asignación.
- Cursos de infantil a 5.º de primaria: cada colegio de primaria tiene una zona de asignación de alumnos con límites geográficos bien definidos. El superintendente podrá recomendar ajustes a la Junta Escolar cuando lo considere necesario.
- Cursos 6.º a 8.º: cada centro de secundaria tiene una zona de asistencia asignada con límites geográficos bien definidos. El superintendente podrá recomendar a la Junta Escolar los ajustes que considere necesarios.
- Cursos 9.º a 12.º: los límites del distrito definen la zona de asistencia del instituto Minnetonka, para los cursos 9.º a 12.º.
II. ASIGNACIÓN EXCEPCIONAL
El distrito podrá asignar a un alumno a un centro distinto del que le corresponde por norma general, incluido Tonka Online, en los siguientes casos:
- Educación especial: Se podrá asignar a un alumno a un centro educativo distinto del que le corresponde por norma general para que reciba enseñanza de educación especial. Dicho centro podrá estar situado en cualquier lugar dentro del distrito escolar o fuera de los límites del mismo, en los programas que determine el distrito.
- Formación profesional: Se podrá asignar a un alumno a un centro de formación profesional de secundaria situado en otro distrito, siempre que dicho alumno esté matriculado al mismo tiempo en el instituto Minnetonka High School.
- Disciplina: Se podrá asignar a un alumno a un centro educativo distinto del que le corresponde habitualmente cuando su historial de conducta demuestre que un nuevo entorno puede resultar beneficioso desde el punto de vista educativo y social.
- Traslado escolar opcional (OPT): Un alumno puede ser trasladado de su centro de origen a otro centro en el marco del programa de traslado escolar opcional (OPT), tal y como se describe a continuación, con el fin de mejorar su asistencia a clase.
- Plan de Opción para Padres (POP): Los alumnos matriculados en un curso con exceso de alumnos (antes del primer día de clase) deberán ser reasignados a la escuela que les corresponde. Para más información, consulte la sección III.
- El distrito podrá reasignar a los alumnos que se encuentren cerca de los límites adyacentes o dentro de zonas que reduzcan al mínimo los costes de transporte y/o las molestias a varios barrios. Se proporcionará transporte escolar.
- Los alumnos reasignados volverán al centro al que están adscritos habitualmente al final del curso escolar. Puede haber dos excepciones:
- El padre, madre o tutor puede solicitar que se transfiera al alumno a la escuela de destino mediante el programa POP para el próximo curso escolar. Se aplicarán todas las normas del programa POP.
- Es posible que el hacinamiento persista durante el curso escolar siguiente, en cuyo caso se podría volver a recurrir a la reubicación voluntaria de alumnos.
- El padre, madre o tutor puede solicitar que se transfiera al alumno a la escuela de destino mediante el programa POP para el próximo curso escolar. Se aplicarán todas las normas del programa POP.
- Se requiere el consentimiento de los padres o tutores antes de que un alumno pueda ser reasignado en el marco del programa OPT.
- Plan de Opción para Padres (POP): Los alumnos matriculados en un curso con exceso de alumnos (antes del primer día de clase) deberán ser reasignados a la escuela que les corresponde. Para más información, consulte la sección III.
- No residente: Un alumno que no resida dentro del distrito o que no reúna los requisitos para obtener la condición de residente podrá ser asignado a una escuela del distrito, en función de la disponibilidad de plazas y de las limitaciones de tamaño de las clases. Se hará todo lo posible por asignar a los hermanos de dichos alumnos a la misma escuela si se encuentran en el mismo rango de cursos (K-5, 6-8 o 9-12); sin embargo, el Distrito podrá asignar a estos alumnos a escuelas diferentes si existen limitaciones de espacio disponible y/o del programa.
- Caso especial: Se podrá asignar a un alumno de su centro de enseñanza habitual a otro centro o lugar de aprendizaje por motivos distintos a los citados en esta política, siempre que estén justificados por razones pedagógicas o de seguridad. Solo el superintendente tiene competencia para aprobar dicha asignación.
III. PLAN DE OPCIONES PARA PADRES (POP)
Los padres o tutores pueden solicitar, de forma voluntaria, que un alumno asista a un centro educativo del distrito distinto del que le corresponde según la asignación habitual, en virtud del Plan de Opción de los Padres (POP), tal y como se describe a continuación:
- Esta opción tiene como objetivo principal satisfacer el interés de los padres por matricular a sus hijos en un programa de un centro educativo distinto al que les corresponde por asignación. En concreto, se consideran adecuados para las solicitudes POP el programa «Navigator», la opción de inmersión lingüística (español o chino mandarín) —en caso de que no se ofrezca en el centro asignado— y los programas de preescolar «Ready Start», aunque también pueden tenerse en cuenta otros programas especializados.
- La solicitud de traslado debe ser presentada por los padres o tutores. La Administración facilitará los formularios específicos necesarios para ello y dará a conocer la existencia de esta opción.
- Se debe presentar una solicitud de transferencia POP por separado para cada alumno de la familia. Cada solicitud se tramitará de forma independiente; es decir, ninguna solicitud gozará de privilegios especiales por el mero hecho de que a otro alumno de la misma familia se le haya concedido una transferencia POP, ya sea en el pasado o en la actualidad.
- La autorización para el traslado depende de la disponibilidad de plazas en el centro y el programa solicitados.
- El alumno transferido podrá ser reasignado a su centro de enseñanza habitual en cualquier momento antes del inicio del curso si las matriculaciones tardías agotan las plazas disponibles o si se dan otras circunstancias que, a juicio de la Administración, hagan necesaria la cancelación.
- Una vez que comience el curso, el alumno del programa POP recibirá el mismo trato que el resto de alumnos matriculados en ese centro.
- El alumno transferido podrá ser reasignado a su centro de enseñanza habitual en cualquier momento antes del inicio del curso si las matriculaciones tardías agotan las plazas disponibles o si se dan otras circunstancias que, a juicio de la Administración, hagan necesaria la cancelación.
- Las transferencias POP se aprueban año tras año. No hay garantía de que la transferencia se apruebe en años futuros.
- El padre, madre o tutor es el principal responsable del transporte del alumno del programa POP por motivos distintos a la asistencia a uno de los tres programas especificados. No se garantiza que el distrito proporcione transporte. No obstante, existen algunas posibilidades de transporte para un alumno del programa POP autorizado dentro de la estructura de rutas existente. (Véase la Política n.º 707: Transporte escolar.)
Referencias cruzadas:
Norma n.º 502: Asistencia y absentismo escolar
Norma n.º 502: Asistencia y absentismo escolar
Norma n.º 509: Matriculación de estudiantes no residentes
Aprobado: 20 de abril de 2006
Revisado y aprobado: 10 de abril de 2014
Revisado: 20 de noviembre de 2025
Aprobado: 11 de diciembre de 2025