Política 703 - Saldo del fondo

I. OBJETIVO

El objetivo de esta política es garantizar la estabilidad financiera del Distrito, sentar unas bases sólidas que justifiquen el mantenimiento de una calificación financiera sólida y constituir una reserva que permita al Distrito hacer frente a gastos presupuestarios imprevistos.

II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA

Para garantizar la solidez y la estabilidad financieras del Distrito, la Junta se esforzará por mantener un saldo de fondos no asignados de al menos el seis por ciento (6 %) del presupuesto de gastos del Fondo General de Funcionamiento del Distrito, incluyendo los Fondos 01 (Fondo General de Funcionamiento), 03 (Fondo de Transporte) y 11 (Fondo de Actividades).

Los siguientes fondos se excluyen del cálculo, ya que se trata de fondos restringidos o fondos destinados a proyectos concretos y, por lo tanto, se gestionan de manera que su saldo final anual sea de 0 dólares o ligeramente positivo:

Fondo 02: Fondo de Servicios de Nutrición
Fondo 04: Fondo de Servicios Comunitarios
Fondo 05: Capital de explotación y tasa de arrendamiento
Fondo 07: Fondo para el servicio de la deuda
Fondo 09: Fondo Fiduciario
Fondo 12: Fondo para material deportivo
Fondo 20 de Autoseguro
Fondo 25: Fondo Fiduciario para otras prestaciones post-empleo
Fondo 40 para el Centro de las Artes
Fondo 41: Fondo para el funcionamiento del Dome
Fondo 42 para actividades acuáticas
Fondo 43: Fondo de funcionamiento del Centro Pagel
Fondo 46: Fondo para el mantenimiento a largo plazo de las instalaciones
Fondo 47: Fondo para el servicio de la deuda por otras prestaciones post-empleo
Fondo 56: Fondo de Construcción
Fondo 66: Fondo para proyectos de inversión
 

III. DEFINICIONES

  1. Categorías de saldo de fondos exigidas por la Norma 54 del Consejo de Normas de Contabilidad Pública (GASB):
     
    1. Saldo de fondos no disponibles para gastos: importesque no pueden gastarse debido a su naturaleza, como existencias y pagos anticipados.
       
    2. Saldo de fondos restringidos: importesque solo pueden destinarse a los fines específicos estipulados en los estatutos, por los proveedores de recursos externos o mediante la legislación pertinente.
       
    3. Saldo de fondos comprometidos: importesdestinados a fines específicos mediante resolución formal del consejo escolar.
       
    4. Saldo de fondos asignados: importesque la administración ha destinado a un fin específico, pero que no están sujetos a restricciones ni comprometidos.
       
    5. Saldo de fondos no asignados: importesdisponibles para cubrir los gastos del ejercicio actual y de ejercicios futuros. Se trata de recursos que no están sujetos a restricciones y que no se han comprometido ni asignado.
       
  2. Deuda en forma de bonos: financiacióndestinada a la mejora de las instalaciones. Debe ser aprobada por los votantes.
     
  3. Calificación crediticia: una agencia independiente(como Moody’s o Standard & Poor’s) otorga la calificación crediticia al Distrito.
     
  4. Ingresos estatales: los ingresos estatalesconstituyen uno de los componentes de las fórmulas establecidas por ley para la financiación de la educación pública. El otro componente principal son los impuestos sobre la propiedad.

IV. REQUISITOS

  1. Los saldos asignados serán determinados por el superintendente y/o el director ejecutivo de Finanzas y Operaciones, según lo autorice la Junta.
     
  2. Cuando el saldo no asignado del presupuesto del Fondo General de Funcionamiento se acerque al seis por ciento (6 %) de los gastos presupuestados, el Distrito aplicará otras medidas de control presupuestario que no afecten negativamente a la impartición de los programas educativos.
     
  3. Cuando se prevea que el saldo no asignado del Fondo General de Operaciones vaya a descender por debajo del seis por ciento (6 %) de los gastos presupuestados del Fondo General, el Distrito adoptará una o varias de las siguientes medidas para garantizar que el saldo no asignado del Fondo General de Operaciones al cierre del ejercicio presupuestario en cuestión no sea inferior al seis por ciento (6 %).
     
    1. Reducir los gastos mediante la aplicación de medidas de contención de costes.
       
    2. Busca oportunidades para aumentar los ingresos. Valora la posibilidad de subir las tarifas cuando sea conveniente. Estudia opciones para aumentar el número de matriculados.
       
    3. Si la legislación estatal lo permite, solicitar a los votantes ingresos adicionales mediante un aumento del presupuesto operativo o otras opciones financieras.
       
    4. Una combinación de las opciones anteriores.
       
  4. La política sobre el saldo de fondos se aplicará también de forma específica a la gestión del Fondo de Servicios de Nutrición de Minnetonka y del Fondo de Educación Comunitaria de Minnetonka. Ambos fondos mantendrán su propio saldo de fondos no asignados, equivalente al seis por ciento (6 %) de los gastos presupuestados, separado del saldo de fondos no asignados del Fondo General de Funcionamiento.
Aprobada: agosto de 1987
Revisado: septiembre de 1997
Revisado: agosto de 1999
Revisado: febrero de 2003
Revisado: septiembre de 2011
Revisado: enero de 2013
Revisado: 22 de enero de 2026
Aprobado: 5 de febrero de 2026