Norma 723 - Retirada de activos del Fondo Fiduciario de OPEB

I. OBJETIVO

El fideicomiso revocable para prestaciones post-empleo contiene activos que se invierten con el fin de generar ingresos que contribuyan al pago de las obligaciones del Distrito en materia de prestaciones post-empleo. En ocasiones, los ingresos por inversiones pueden superar la cantidad necesaria para financiar las obligaciones del Distrito en materia de prestaciones post-empleo. Cuando esto ocurre, los Estatutos de Minnesota otorgan a la Junta Escolar la facultad discrecional de decidir sobre la utilización de los activos excedentes. El objetivo de esta política es proporcionar directrices para el proceso de toma de decisiones de la Junta Escolar en tales circunstancias.

II. DECLARACIÓN GENERAL DE POLÍTICA

El artículo 471.6175, apartado 7 (a), de los Estatutos de Minnesota establece que los activos del fideicomiso deben destinarse al pago de prestaciones post-empleo legalmente exigibles a antiguos directivos y empleados, salvo que se dé alguna de las siguientes condiciones:

  1. Se ha producido un cambio en la legislación estatal o federal que afecta a las obligaciones de dicha subdivisión política o entidad pública en materia de prestaciones post-empleo
  2. Se ha producido un cambio en la composición demográfica de los empleados de esa subdivisión política o entidad pública con derecho a prestaciones post-empleo
  3. Se ha producido un cambio en las disposiciones o condiciones de las prestaciones post-empleo en dicha subdivisión política o entidad pública, incluyendo, entre otros, la parte de los costes que los empleados con derecho a ellas deben abonar para percibir dichas prestaciones
  4. Existen otros factores que influyen de manera significativa en los pasivos determinados actuarialmente de dicha subdivisión política o entidad pública en concepto de prestaciones post-empleo; en tal caso, cualquier importe que supere el 100 % de dichos pasivos, según lo establecido por el Consejo de Normas de Contabilidad Pública, podrá retirarse y destinarse a cualquier fin.

Dado que los activos del fondo fiduciario OPEB se invierten en los mismos tipos de valores que la Asociación Estatal de Jubilación de Docentes y la Asociación de Jubilación de Funcionarios Públicos, el valor de los activos del fondo se verá afectado tanto por las ganancias como por las pérdidas en las valoraciones de mercado.

Además, la valoración de los pasivos sujetos a condiciones también se verá influida por las tarifas de las primas del seguro médico para jubilados, de modo que el pasivo disminuirá cuando las tarifas futuras sean inferiores a las previstas actuarialmente, y aumentará cuando los incrementos futuros de las primas sean superiores a los previstos actuarialmente.

Dado que nuestro deber fiduciario para con los jubilados consiste en garantizar en todo momento que el 100 % de las obligaciones contratadas estén cubiertas por los activos del fideicomiso, es prudente mantener en todo momento unos activos superiores al 100 % de dichas obligaciones, a fin de hacer frente a aquellas situaciones en las que los activos del fideicomiso puedan verse reducidos por las fluctuaciones del mercado.

Por lo tanto, el Fondo Fiduciario Revocable OPEB de Minnetonka debe mantener un saldo de activos equivalente al 115 % de los pasivos comprometidos, según lo determinen los cálculos actuariales anuales. Las retiradas de activos deben limitarse a la parte de los activos que supere el 115 % del importe de los pasivos comprometidos, determinado actuarialmente.

Las retiradas de activos por debajo del 115 % podrán realizarse previa autorización del Consejo Escolar. Para cumplir con la legislación de Minnesota, en ningún momento se realizarán retiradas que reduzcan el nivel de activos por debajo del 100 % de los pasivos determinados actuarialmente.

Referencias legales:    
Estatutos de Minnesota 471.6175, apartado 7 (a)

Revisado: 16 de diciembre de 2010
Aprobado: 6 de enero de 2011